Un año de espera. Y eso, para una familia sin ingresos son palabras mayores. El 3 de diciembre de 2018, Juan Vargas presentó la ayuda de la Renta Valenciana de Inclusión, una prestación que supondrá un antes y un después para una familia sin recursos que cuenta con la madre enferma y tres hijos menores. Sin embargo, los plazos que prevé la ley que regula la ayuda no se cumplen (seis meses de plazo para la resolución del expediente que podían ampliarse hasta los 9 meses durante el primer año de la puesta en marcha de la prestación, que data de abril de 2018). Al menos, no se cumplen en el caso de Juan, que lleva más de un año de espera.

El usuario acudió al Síndic de Greuges en septiembre de 2019, cuando la demora alcanzaba los 9 meses sin que su solicitud se hubiera resuelto. De hecho, el usuario no cuenta con el informe que indique si se le concede la ayuda y por qué cuantía. Por ello, el Síndic de Greuges recuerda a la Conselleria de Igualdad en su primera resolución (del 26 de noviembre de 2019) que la Administración «está obligada a dictar resolución expresa» en un plazo que «no podrá exceder de seis meses».

Por ello, el Síndic insta a la Conselleria de Igualdad a conceder la ayuda de forma directa a esta familia por silencio administrativo tras más de un año de espera. «Sugerimos que, dado lo dispuesto en la Ley 1912017, de 20 de diciembre citada, que determina la aprobación de una resolución favorable en virtud del carácter positivo del silencio administrativo, reconozca, el derecho a la percepción de los efectos retroactivos de la prestación que corresponden a la persona dependiente, fijando dicho periodo desde el 01/01/2019 (primer día del mes siguiente al de la solicitud)», concluye la resolución del Síndic, Ángel Luna.

El informe, además, le «recuerda» a la conselleria que dirige Mónica Oltra, la «obligación legal de resolver en plazo las solicitudes presentadas» dado que el no cumplimiento de esa obligación «aumenta la incertidumbre que se deriva de la falta de resolución y amplía aún más, si cabe, el sufrimiento soportado por las personas en situación de vulnerabilidad social y sus familias».

Paso a paso

El informe del Síndic hace un seguimiento de los pasos que ha dado la solicitud de Juan Vargas, tras presentarla en el centro municipal de los Servicio Sociales de Campanar, el 3 de diciembre de 2018. La unidad gestora del centro municipal inició el expedinete para su gestión el 15 de enero de 2019, aunque hasta cuatro meses después (el 29 de mayo de 2019) no se aperturó el expediente en el aplicativo de gestión compartida entre la Generalitat y los ayuntamientos. Ese 29 de mayo se avanzó el trámite a informe propuesta aprobatoria y se incluyó la relación de documentación.

El 3 de junio esa propuesta se remitió a la dirección territorial de Igualdad y Políticas Inclusivas de València, que registró la entrada del informe el 7 de junio. Y ahí está el expediente de Juan Vargas desde entonces, pendiente de revisar y resolver. Por ello, el Síndic asegura que, por silencio administrativo, esa resolución debe ser favorable y contemplar la retroactividad desde enero de 2019. Además, el pasado 27 de diciembre, el Síndic instó por segunda vez a la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas a remitir una respuesta.