El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) gestionó 40.654 prestaciones económicas de nacimiento y cuidado de menor entre abril y diciembre de 2019 en la Comunitat. En ámbito estatal fueron 420.549 prestaciones, que sustituyeron a las de maternidad y paternidad a partir de la aprobación del Real Decreto-ley 6/2019 de 1 de marzo de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación. Este mismo Real Decreto estableció un periodo transitorio para la total equiparación de ambos

permisos que culmina en 2021.

En la Comunitat, entre abril y diciembre del año pasado, 17.956 prestaciones por nacimiento y cuidado de menor han sido disfrutadas por el primer progenitor, habitualmente la madre, y 22.698 por el segundo (en la mayoría de los casos, el padre). De las 17.956 prestaciones disfrutadas por el primer progenitor, 247 han sido compartidas con el segundo. El gasto total en estas prestaciones fue superior a los 158,5 millones de euros en la Comunitat.

Por comunidades autónomas, el mayor número de procesos entre abril y diciembre ha correspondido a Cataluña (75.431), Andalucía (73.091), Madrid (69.288). Entre abril y diciembre del año pasado, 185.077 prestaciones por nacimiento y cuidado de menor han sido disfrutadas por el primer progenitor, habitualmente la madre, y 235.472 por el segundo (en la mayoría de los casos, el padre). De las 185.077 prestaciones disfrutadas por el primer progenitor, 2.805 han sido compartidas con el segundo. La Seguridad Social ha dedicado 1.673,58 millones de euros al pago de estas prestaciones contributivas en esos tres trimestres. En ese periodo, el permiso que correspondía al de paternidad se amplió a 8 semanas.

Desde el 1 de enero de 2020, el permiso del segundo progenitor en caso de parto biológico asciende a 12 semanas, con cuatro obligatorias tras el parto en caso de nacimiento y el resto voluntarias. La madre, que tiene 16 semanas de baja, puede ceder de su permiso dos semanas al padre. En caso de adopción, guarda o acogimiento, cada progenitor dispondrá de 6 semanas obligatorias a partir de la resolución judicial o decisión administrativa y 16 semanas voluntarias a distribuir entre los dos, con un máximo de 10 semanas para uno de ellos.

Está previsto que en 2021 esta prestación, igual para ambos progenitores, se reconozca como un derecho individual y no transferible. Será de 16 semanas y 6 de ellas deberán disfrutarse después del parto o resolución judicial o administrativa en caso de adopción, guarda o acogimiento. La cuantía de estas prestaciones es equivalente al cien por cien del salario y se abona directamente por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) durante las semanas que dura el permiso.

Excedencia por cuidados

Las trabajadoras y trabajadores pueden solicitar excedencia para atender al cuidado de hijo o menor acogido o de otros familiares. En este caso, la duración del periodo considerado de cotización efectiva dependerá de los supuestos contemplados en la Ley General de la Seguridad Social, modificada con la entrada en vigor de la Ley de Igualdad que amplió el alcance y duración de esta prestación. A lo largo de 2019, se han registrado 59.446 excedencias por cuidado familiar, de las cuales 52.889 corresponden a mujeres, el 86,96%, y 6.557, a hombres. La variación interanual ha sido de 4,19%, lo que ha supuesto un aumento de 2.389 excedencias respecto a 2018. Por comunidades autónomas, el mayor número de excedencias se ha producido en Madrid (14.227), Cataluña (8.787), Andalucía (6.708), Comunitat Valenciana (5.406), y País Vasco (5.567)