El Ministerio de Transportes solo autoriza a viajar a una persona por taxi o vehículo de transportes con conductor (VTC), según la orden publicada ayer en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que también prevé mejoras para el sector del transporte y la regulación de la movilidad con las islas Baleares y Canarias. El titular del departamento, José Luis Ábalos, explicó en rueda de prensa los detalles de la nueva normativa que adapta, afina y desarrolla el estado de alarma, decretado el 14 de marzo.

En el sector del taxi y las VTC, la orden del ministerio establece que «los desplazamientos llevados a cabo en trasporte público de viajeros en vehículo de turismo deberán hacerse individualmente». Las excepciones a esta norma serán que el viaje se realice acompañado por «causa justificada» o que se acompañe a menores, mayores o personas con diversidad funcional.

Aunque respecto a la movilidad personal, cabe recordar que en el decreto que activaba el estado de alarma el capítulo 7 limitaba la libertad de circulación de las personas e insta a realizar las actividades permitidas en la vía pública (compra de alimentos, asistencia al trabajo...) «individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justificada».

Otras medidas que entraron ayer en vigor afectan al sector del transporte por carretera. El ministerio ha ampliado el plazo de vigencia de las tarjetas de cualificación del conductor, acreditativas del certificado de aptitud profesional, que expiraban el 1 de marzo hasta «120 días después de la finalización de la declaración del estado de alarma, o prórrogas del mismo». Un plazo de 120 días que «podrá ser ampliado mediante resolución de la dirección general de Transporte Terrestre, si las circunstancias lo hicieran necesario, por un máximo de 30 días adicionales».

Alquiler para mercancías

El Ministerio de Transportes también autoriza la apertura de los establecimientos de dedicados al arrendamiento de vehículos sin conductor destinados a un uso profesional de los transportistas de mercancías». Una medida que se adopta para «garantizar el funcionamiento de las operaciones de transporte de mercancías y asegurar el necesario abastecimiento de productos a la población». En el caso de alquiler de coche para particulares, solo estará permitido para «hacer posible la devolución por el arrendatario de los vehículos arrendados en un contrato celebrado con anterioridad» al 19 de marzo.

En el transporte de viajeros por carretera, los viajeros deberán acceder al autobús por la puerta trasera, excepto si el «el conductor está protegido por una mampara» o «en el caso de que el billete se vaya a adquirir en su interior». Como ha sucedido en el resto del transporte público, se procurará «la máxima separación posible entre viajeros» por lo que se evitará «la ocupación de más de un tercio de los asientos disponibles» y deberá quedar vacía «la fila posterior a la butaca ocupada por el conductor».

Respecto a la restricción de la movilidad, el ministro Ábalos aseguró que «ha dado muy buenos resultados» ya que, por ejemplo, los servicios de larga y media distancia de Renfe «solo han tenido un 2 % de ocupación, sólo 2.514 pasajeros, un 13 % de los 19.000 que había previsto el Ministerio de Transportes», aseguró en la rueda de prensa telemática que ofreció ayer por la tarde.

Respecto a las Cercanías, el ministro destacó que apenas se ha ocupado el 15 % de la oferta prevista. Ábalos hizo especial hincapié en el caso de Madrid y Barcelona, donde el pasado lunes se produjeron aglomeraciones desaconsejadas por Sanidad, que no se repitieron en València. «Se ha observado, ha dicho, un cambio de actitud al utilizar servicios ya que la afluencia de viajeros se registra [de forma escalonada] a partir de las 6 de la mañana, mientras que antes se iniciaba entre las 7 y las 9 horas».