El Comité de Entidades Representantes de Personas con Discapacidad de la Comunitat Valenciana (CERMI) ha pedido al Ministerio del Interior que precise "con urgencia" las condiciones en las que determinadas personas con discapacidad pueden acceder a la vía pública durante la vigencia del estado de alarma decretado para hacer frente a la pandemia de COVID-19.

La entidad se suma así a la reivindicación planteada por el comité a nivel estatal en una misiva dirigida a la Secretaría de Estado de Seguridad, en la que valora que el Real Decreto por el que se declara el estado de alarma contemple en su artículo 7 como excepciones para poder salir a la calle las necesidades que puedan tener determinadas personas con discapacidad, "aunque no entra en detalle".

"Determinadas personas con discapacidad no pueden, por razones perentorias asociadas a su discapacidad, permanecer indefinidamente en sus domicilios, confinadas, y necesitan ineludiblemente acceder a la vía pública para evitar episodios de colapso personal con grave afectación de su conducta, de sus condiciones de salud y de bienestar psicofísico y emocional", indica el CERMI en su carta, según ha explicado en un comunicado.

Así, cita como ejemplos discapacidades como la intelectual, del desarrollo, el trastorno del espectro del autismo, el asperger, la psicosocial o enfermedad mental y otras de efectos análogos.

Especificar los requisitos de movilidad

Para clarificar esta situación, la entidad plantea a Interior que dicte una instrucción dirigida especialmente a las fuerzas y cuerpos de seguridad y al resto de autoridades para garantizar seguridad jurídica al trabajo que desempeñan, así como al ejercicio del derecho de salir a la calle de determinadas personas con discapacidad, evitando "situaciones de conflicto no queridas por nadie".

En opinión del CERMI, dicho texto debe establecer "qué se entiende como situación de necesidad" para aquellas personas con discapacidad o con enfermedades que por razones perentorias asociadas a estas situaciones precisen abandonar su domicilio diariamente por un tiempo y acceder a la vía pública, como indicación terapéutica y de tratamiento de su discapacidad o condición de salud.

Bajo la propuesta del comité, estas personas o sus acompañantes deberían ir provistas del certificado oficial que acredite el grado de discapacidad o de documento de facultativo sanitario o social que declare la respectiva situación de salud, para presentar este documento a los agentes de los cuerpos y fuerzas de seguridad.

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