El Gobierno aprobó ayer en su Consejo de Ministros la prohibición del despido, siempre que este esté vinculado con causas derivadas del coronavirus. Ante la sangría de despidos y vencimientos de contratos temporales que estaban llevando a cabo las empresas españolas en las últimas semanas de emergencia, el Gobierno ha decidido detener en seco la hemorragia. Así lo anunció la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. Las empresas no solo no podrán despedir durante la pandemia, sino que también tendrán la obligación de prorrogar aquellos contratos temporales que venzan durante la presente crisis sanitaria. «El Gobierno no va a dejar a nadie atrás», declaró Díaz.

España emula tras dos semanas de confinamiento a Italia, que precisamente hace dos semanas que aprobó una moratoria de dos meses en los despidos. La decisión anunciada por Díaz llega también tras la alerta que lanzaron un día antes CC OO y UGT, que cifraron en cerca de un millón de nuevos parados los generados o bien directamente por despidos o bien por vencimientos de contratos eventuales. La temporalidad en el mercado laboral español es muy elevada y afecta a algo más de uno de cada cuatro ocupados; lo que se traduce, según los últimos datos del INE, en algo más de cuatro millones de trabajadores.

Pese a que Gobierno, patronales y sindicatos pactaron promover los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) para capear la pandemia, el reguero de bajas entre los trabajadores con menor protección ha obligado al Ejecutivo a cortar legislativamente esa vía. No obstante, los efectos de la nueva normativa no serán retroactivos y las compañías no tendrán la obligación de deshacer los despidos o contratos vencidos hasta el viernes. La medida del Gobierno llega también una semana antes de que, como cada principio de mes, el Ministerio de Trabajo haga públicos los datos de afiliados a la Seguridad Social y parados registrados en las oficinas del SEPE. Y las perspectivas no son buenas.

A falta del redactado final que materialice la medida en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del hoy, no será considerado como objetivo ningún despido que esté justificado en base a una afectación derivada de la crisis del covid-19. Lo que hace referencia tanto a los ceses individuales, como a los despidos colectivos. Es decir, quedan también prohibidos los ERE que se argumenten en base a causas productivas, económicas, organizativas u de otro tipo derivadas del coronavirus; según precisaron fuentes del Ministerio de Trabajo.

Y para blindar a ese 26,2% de trabajadores eventuales, todos aquellos contratos temporales, incluidos los formativos, de relevo e interinidad, se mantendrán vigentes hasta que concluya la actual crisis sanitaria. Es decir, cuando los contratos temporales se suspendan, se alargará automáticamente la duración de los mismos. «No es necesario despedir a nadie en este país. Esto es un paréntesis», dijo Díaz.