La consellera de Justicia y Administraciones Públicas, Gabriela Bravo, está estudiando la posibilidad de aplicar al personal empleado público de Generalitat el decreto aprobado por el Gobierno que regula los permisos retribuidos recuperables hasta el 9 de abril para quienes no realicen servicios esenciales.

Bravo consulta si es posible aplicar el permiso retribuido a los funcionarios

De momento, Bravo, que tiene las competencias en función pública, ha remitido un escrito al Ministerio de Política Territorial para que le aclare si la orden es aplicable para aquellos funcionarios y funcionarias que realizan tareas esenciales en la Generalitat y, por lo tanto, están en casa sin cometidos específicos u urgentes. También pregunta que en caso de no ser extensible a la Función Pública si el ministerio tiene previsto ampliarlo a este colectivo.

El departamento que dirige Bravo es partidario de que en el caso de que la respuesta del Gobierno central sea positiva, parte de la plantilla pública pueda recibir un permiso retribuido recuperable, de tal manera de que posteriormente estas horas sean devueltas a la Administración, tal como establece el decreto para trabajos privados.

El decreto publicado el pasado lunes en el BOE ha generado un desconcierto generalizado ya que existen muchas incertidumbres sobre qué trabajos son considerados o no esenciales, pero, además, en su disposición adicional primera deja la puerta abierta para que las Administraciones Públicas dicten instrucciones sobre empleados públicos. Así, establece que el Ministerio de Política Territorial y Función Pública y los competentes en las comunidades autónomas y entidades locales «quedan habilitados para dictar las instrucciones y resoluciones que sean necesarias para regular la prestación de servicios de los empleados públicos (...) con el objeto de mantener el funcionamiento de los servicios públicos que se consideren esenciales».

En atención a esta cláusula, el Consell se ha visto conminado a repensar cuáles son sus servicios esenciales. En principio, esta regulación ya se hizo cuando comenzó el periodo de alarma. Función Pública dictó unas directrices comunes y cada subsecretaría de consellera fijó la organización de su trabajo y de su personal.

Precedentes

La última resolución de Justicia y dada la situación sanitaria, fijaba en un máximo del 10 % la presencia de funcionarios en las conselleries. Cada departamento ha funcionado de una manera distinta y en estos momentos no existe una radiografía clara de quienes están trabajando en su casa por medios telemáticos, quienes de permiso o quienes tienen asignadas tareas esenciales.

La realidad es que el propio parón de la actividad de la Administración (se han paralizado todos los procedimientos relacionados con contratos o subvenciones excepto los urgentes y de emergencia) así como la irrelevancia actual de determinadas áreas de gestión hace que en la práctica buena parte de la plantilla carezca de tareas concretas. La mayor parte, además, permanece en su domicilio.

El decreto podría ser una oportunidad para aclarar esta fotografía y dar pasos para que, una vez pasada la crisis, se puedan aprovechar de forma más eficaz los recursos públicos. En concreto, la idea es que el funcionariado que ahora tiene una carga de trabajo menor o inexistente pueda luego compensar este parón. En este sentido, aplicar este decreto permitiría, una vez superada la situación de alarma, que los funcionarios recuperaran las horas perdidas, al igual que, obligatoriamente tendrán que hacer los trabajadores y trabajadoras del sector privado cuya actividad no es esencial o bien no tienen opción de teletrabajar.

Junto a la consulta al Ministerio de Política Territorial, Bravo pidió ayer a todas las subsecretarías un informe detallado sobre cuáles son los servicios esenciales que prestan y la estimación de cuánto personal está realizando un trabajo esencial y efectivo. Fuentes de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas indicaron que cada departamento es el que posee la información más fidedigna sobre su plantilla y sobre lo qué tareas son imprescindibles.

Otras, en cambio, tienen mucho más limitada su actividad, como la Conselleria de Participación y Transparencia, aunque toda la atención del 012 (atención telefónica) depende de este departamento. El decreto del Gobierno, no obstante, sirve de guía ya que contiene un listado sobre las actividades esenciales, algunas claramente aplicables al ámbito de las instituciones públicas.

Bravo también ha elevado una consulta similar al Ministerio de Justicia. No obstante, en este ámbito, el decreto contiene una referencia específica al indicar que los jueces, fiscales, letrados de la Administración de Justicia y demás personal al servicio de la misma seguirán atendiendo las actuaciones procesales no suspendidas y añade que «continuarán prestando servicios el personal de Administración de Justicia que sea necesario para la prestación de servicios esenciales del Registro Civil».