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El decreto de admisión "blinda" el derecho a escolarizarse en el municipio de residencia

Educación publica el nuevo texto que recoge que las familias con renta de inclusión recibirán el doble de puntos que hasta ahora

El conseller Vicent Marzà y otros miembros del Consell inauguraron el 2019-20 en el CEIP 103 de València. g. c.

La admisión de alumnado en los centros docentes, públicos y concertados de Educación Infantil, Primaria, ESO y Bachillerato cuenta para el próximo curso con un nuevo decreto. Entre las principales novedades que presenta la norma destaca el derecho de escolarización en el propio municipio o zona de escolarización establecida y el incremento de la puntuación obtenida por el criterio de renta, como ya publicó en exclusiva este periódico en diciembre, cuando el borrador del texto se presentó en la mesa sectorial de Educación. Ahora, el decreto ya es oficial, pues ayer se publicó.

Entre estos cambios figura el derecho a la escolarización en su propio municipio o zona de escolarización establecida, con un artículo que queda redactado de la siguiente forma: «Todas las personas tienen derecho a un puesto escolar gratuito que les garantice, en condiciones de igualdad y calidad, la enseñanza básica y el segundo ciclo de Educación Infantil, en su propio municipio o zona de escolarización establecida. Este derecho se corresponde con la obligatoriedad de su escolarización en un centro docente durante la enseñanza básica».

De esta manera, según detallan desde la Conselleria de Educación, se incluye lo que las leyes educativas estatales, tanto la LOE como la Lomce ya apuntaban, pero que la normativa valenciana aún no recogía. Por tanto, se trata de una «modificación más garantista» para asegurar plazas escolares sostenidas con fondos públicos durante la enseñanza obligatoria y también antes, en el segundo ciclo de Educación Infantil (de tres a cinco años).

Además, como ya publicó Levante-EMV se establecen nuevos criterios de puntuación relativos a la renta, con una puntuación más progresiva en función de los ingresos familiares. Anteriormente el valor máximo era de dos puntos y con la modificación pasa a doblarse, hasta cuatro puntos, que son los que recibirán los hijos e hijas de hogares beneficiarios de la renta valenciana de inclusión, según detalla el texto publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).

Asimismo, se modifica el procedimiento del sorteo público para los desempates con el fin de hacerlo «más justo e igualitario». De este modo, se dirimirán aplicando sucesivamente la mayor puntuación obtenida en los criterios siguientes: existencia de hermanos o hermanas, u otra persona que se encuentre en situación de acogida familiar o en guarda con fines de adopción, matriculados en el centro; padre, madre o tutores legales trabajadores del centro; proximidad del domicilio donde resida el alumno o alumna o del puesto de trabajo de alguno de sus padres; destinatario de la renta valenciana de inclusión; renta familiar; ser familia numerosa; discapacidad en el alumnado o sus padres; ser familia monoparental y expediente académico (solo en enseñanzas post obligatorias).

En las situaciones de empate que perduren después de aplicar estos criterios, la ordenación de las solicitudes afectadas se hará por sorteo público, pero con un nuevo procedimiento que establecerá la Conselleria de Educación: las dos iniciales del primer apellido y las otras dos del segundo, ya que con una letra solo, se podía beneficiar en exceso a alumnos con apellidos muy comunes y no se resolvía la situación en muchos casos. Este punto, que ya adelantó este periódico, no está incluido en el decreto pero próximamente aparecerá en una orden sobre esta cuestión, según confirma la Conselleria de Educación.

Menores en acogida

Otra de las modificaciones del decreto es que recoge la prioridad en el acceso al centro educativo de niños y adolescentes en acogida residencial, en acogida familiar o en guarda con fines de adopción. Además, se da una mayor prioridad al alumnado que cambie de residencia a causa de violencia machista o de terrorismo.

Con estos cambios, el Botànic II ha introducido algunas de las políticas adoptadas durante su primera legislatura. Además, la normativa recuerda que el Consell ya introdujo modificaciones en el proceso de admisión del alumnado en 2016, cuando eliminó el distrito único para «asegurar la mayor transparencia, eficacia y eficiencia posible, así como garantizar el ejercicio real de la libertad de elección de centro por parte de las familias».

Tras la experiencia de estos cuatro cursos, las novedades pretenden «realizar algunas modificaciones para mejorar la eficacia del procedimiento de escolarización y de consolidar el objetivo de que todo el alumnado acceda en condiciones de igualdad».

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