La Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas ha terminado de redactar el protocolo de actuación dirigido a permitir a las familias la posibilidad de sacar a sus mayores o a personas con diversidad funcional de las residencias de la Comunitat Valenciana en condiciones de seguridad durante el estado de alarma.

De manera especial, en aquellos centros de la tercera edad afectados por casos de coronavirus cuyo control ha sido asumido por la Conselleria de Sandiad, el documento establece que deberán recabarse hasta tres autorizaciones con carácter previo al traslado: la de la Dirección General de Salud Pública y la de las direcciones generales competentes en Recursos Humanos y Asistencia Sanitaria.

El protocolo regula la baja voluntaria de aquellas personas mayores en situación de dependencia o con diversidad funcional que deseen dejar los centros residenciales o viviendas tutelares. Para ello, tiene en cuenta varias casuísticas, en función de si la solicitud afecta a una persona con plena capacidad de obrar o que no, o si se solicita en un centro libre de contagios de coronavirus.

Si el usuario residente tiene plena capacidad de obrar y suficiente juicio para valorar su situación, podrá dejar el centro por su propia voluntad o bien deberá dar su consentimiento en caso de que sea un familiar el que curse la petición. De cumplirse estos requisitos, podrá ser trasladado a su propio domicilio, al del familiar encargado de cuidarlo o a la residencia de otro miembro de la familia.

En todo caso, la persona de la familia que vaya a ser la cuidadora deberá comprometerse de manera fehaciente al cuidado de la persona mayor dependiente o con diversidad funcional y firmar una declaración responsable sobre la idoneidad de la vivienda a la que se le vaya a trasladar.

Además, la dirección del centro tendrá que proporcionar de manera obligatoria al residente elementos de protección para su salida de la residencia (guantes y mascarillas), asegurándose que la persona familiar que haya firmado el compromiso de cuidados recibe y se hace cargo del usuario y proporcionando un certificado para que se pueda justificar el traslado durante el estado de alarma.

Respecto a la prestaciones reconocidas, la persona residente que tenga un grado de dependencia y/o derecho a la prestación profesional residencial podrá elegir la suspensión temporal de la prestación del servicio residencial, en cuyo caso mantendrá el derecho a ocupar y retornar a esa misma plaza residencial una vez finalizado el estado de alarma provocado por la pandemia de covid-19. Eso sí, deberá seguir cumpliendo con las obligaciones administrativas y de abono de tasas correspondientes.

Si la persona tiene reconocida una prestación vinculada al servicio o una prestación vinculada al servicio de garantía se le seguirá abonando siempre y cuando satisfaga efectivamente el pago al centro.

Si, por el contrario, elige la baja de la prestación del servicio residencial, se considerará como una renuncia a la prestación determinada en el PIA o resolución reconocida en su día. En este caso y una vez finalizado el estado de alarma, podrá volver a solicitar el recurso para la atención a personas en situación de dependencia que considere, sin que el grado de dependencia reconocido previamente se vea afectado por esta decisión.

Desde la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas que dirige Mónica Oltra subrayan que el objetivo del protocolo, consensuado con la Conselleria de Sanidad, no es otro que "facilitar el trabajo de los centros y dar tranquilidad a las familias, garantizando en todo momento la seguridad, la salud pública, el bienestar de la persona y la no vulneración de derechos".

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