La Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas ha puesto a disposición inmuebles para su habilitación temporal como centros de emergencia social y socio-sanitaria durante el tiempo que duren las consecuencias de la pandemia en las personas más vulnerables.

Así consta en la orden que publica este martes el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), en la que se especifica que el objetivo es garantizar la necesaria asistencia a las personas afectadas por la pandemia que sean competencia de la conselleria y en coordinación con el Ministerio de Sanidad a través de la Conselleria de Sanidad.

En el texto, fechado el 13 de abril y que firma la vicepresidenta y consellera de Igualdad, Mónica Oltra, se recuerda que el coronavirus está suponiendo una emergencia sanitaria global y ha generado un grave problema de salud pública que ha derivado en medidas de limitación de circulación para proteger a la población, especialmente a los colectivos más vulnerables.

"A causa de la pandemia se están produciendo nuevas situaciones de vulnerabilidad específicas que requieren una atención social o socio-sanitaria que no puede ser prestada con los recursos ordinarios del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales", indica.

En algunos casos las personas ya disponían de prestaciones ordinarias como la atención a domicilio, la asistencia a centros diurnos o ambulatorios, pero en la actualidad requieren, además, de aislamiento, atención socio-sanitaria, alojamiento, atención social o una combinación de las anteriores, bien porque sus familias o porque los entornos comunitarios que prestaban la atención ordinaria no pueden garantizarla en condiciones de seguridad ni en la intensidad que precisan estas personas.

Por ello, en este contexto y ante la situación de extraordinaria vulnerabilidad en la que se encuentran las personas que requieren ingreso en centros de acogida temporal de emergencia de carácter social y socio-sanitario, se habilitan temporalmente inmuebles para este fin.

Así, Igualdad pone a disposición para su habilitación temporal como centros de emergencia social y socio-sanitaria los inmuebles que determine mientras duren las consecuencias de la pandemia causada por Covid-19 en las personas usuarias más vulnerables derivados a estos recursos. Además, se suspende temporalmente, en el caso de que lo tuviera, el destino que los inmuebles tenían anteriormente durante este periodo de tiempo.

Se realiza la cesión de uso temporal, independientemente de la titularidad del inmueble, de todos los recursos destinados a centros de emergencia social y socio-sanitaria a la dirección general competente en la gestión de centros de esta conselleria. Para ello se realizaran los trámites administrativos oportunos con los órganos administrativos o las administraciones propietarias y competentes de cada inmueble para la correcta cesión.

Para la correcta ejecución de estas medidas se dictarán las instrucciones y protocolos complementarios que se estimen necesarios por los órganos competentes para el desarrollo de esta resolución especificando los inmuebles habilitados y las fórmulas de derivación e ingresos de las personas usuarias en los citados centros. Se someterán a autorización, en su caso, o ratificación judicial, las medidas en concreto que se adopten.

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