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La crisis reaviva el debate sobre la eficacia de la nueva ley de contratos

El estado de alarma ha permitido a los gestores públicos un atajo mediante la contratación de emergencias - Las expertas admiten su complejidad aunque ven poco margen para su reforma

La crisis reaviva el debate sobre la eficacia de la nueva ley de contratos

«Que para salvar vidas haya sido necesario aparcar la Ley de Contratos del Sector Público es algo que quizá debería hacernos reflexionar». El comentario por twitter lanzado la semana pasada por el director general del Instituto Valenciano de Finanzas, Manuel Illueca, desató un debate en las redes en torno a la eficacia de una ley que llegó para quedarse hace dos años y que ha complicado la vida a los gestores públicos.

El malestar con esta ley mandatada por la Unión Europea y cuyo objetivo principal era cerrar el paso a posibles corruptelas, viene de lejos. Desde que comenzó a aplicarse su complejidad ha generado muchas quejas, sobre todo, en las alcaldías que, en muchos casos, carecen de personal técnico suficiente para descifrar y aplicar el 'sudoku' de una ley con 357 artículos y más de 73 disposiciones adicionales.

La crisis por la pandemia ha evidenciado que, en situaciones de emergencia como esta, las exigencias de este texto legal son incompatibles con la agilidad que se necesita para comprar mascarillas o levantar un hospital de campaña de un día para otro como ha hecho la Generalitat junto a la Fe. Con todo, estas contrataciones por la vía de la emergencia no suponen «aparcar» la ley.

La emergencia es un atajo que contempla esta norma para situaciones extraordinarias. La crisis sanitaria da cobertura suficiente a las contrataciones de emergencia Ahora bien, esta vía no es ilimitada. La pandemia sanitaria acabará antes que la social y económica y es en esta etapa cuando el Consell y las alcaldías deberán volver al redil de la ley. Y todo apunta a que el margen de reformas para ganar agilidad es limitado.

Levante-EMV ha consultado a tres expertas y hay acuerdo en que no son posibles cambios sustanciales en una ley que emana de directivas europeas y que es tan virtuosa como compleja. Guste más o menos, los gestores públicos deberán acostumbrarse a una regulación muy estricta y que tiene como leitmotiv la libre concurrencia y evitar la corrupción.

Pilar Batet, jefa del Servicio de Contratación y Central de Compras de la Diputación de Castelló, admite que se trata de una ley «muy compleja y farragosa y con una técnica legislativa mejorable», pero defiende sus ventajas: «Ofrece menos opacidad en la contratación pública, por ejemplo, con la eliminación del procedimiento negociado sin publicidad por razón de la cuantía, lo que ha supuesto una mayor publicidad y concurrencia en la contratación». Batet apunta que el decreto de alarma «autoriza» la contratación de emergencia, una vía que hace viable la contratación verbal incluso sin crédito.

Para esta técnica, la crisis de la Covid-19 ha evidenciado la importancia de la licitación electrónica, que, pese a ser obligatoria, aún no se ha adoptado en algunas administraciones. En su opinión, es clave porque permite continuar la licitación durante el confinamiento. Además, «hace innecesaria la paralización de los plazos». Defiende que se reanuden los plazos para activar la economía y la contratación pública.

La abogada y profesora de Adeit, Beatriz Montes, tiene claro que era una legislación «absolutamente necesaria», si bien salvar el consenso político (fue aprobada por unanimidad tras incluir miles de enmiendas) provocó mucha complejidad. Esta especialista defiende que la gestión del dinero público exige transparencia e igualdad de oportunidades y apunta que esta ley garantiza que las mismas personas no sean las que siempre se llevan los contratos.

Montes entiende que esta exigencia de concurrencia genere problemas, sobre todo en los pequeños municipios que quieren crear empleo en sus pueblos. «Hay mucha resistencia al cambio», apunta. En su opinión, no es necesario el estado de alarma para que la vía de la contratación de emergencias se aplique, eso sí, de forma justificada.

Para la abogada el punto débil está en que no existe suficiente profesionalización en la gestión pública y cree que es necesario personal muy cualificado y reconocido para encargarse de la contratación. Un personal, cuenta, que está asumiendo riesgos, ya que ahora existen condenas penales por cuestiones tales como el fraccionamiento de contratos que antes no existían. Por eso incide en la formación y en la agilización de las herramientas electrónicas, deberes que no se han hecho y que ahora la crisis ha evidenciado. Por otro lado, admite que todas las exigencias de tipo social son difíciles de encajar en la contratación e incluso está «chirriando» ya en los tribunales: «La política social no debería derivarse de la contratación».

Salma Cantos, abogada y profesora universitaria, admite que la contratación pública es uno de los sectores más «complejos y arduos» y «no ha ayudado desde hace años la técnica legislativa». Cantos dice entender las críticas de los operadores a la nueva ley de contratos, aunque subraya que hay poco margen para cambios sustantivos. Sin embargo, como sus colegas, defiende el espíritu de esta ley: «No hay que perder de vista el objetivo y cuando se baraja dinero público implica seguir procedimientos que den garantías a todos los niveles». Cantos sí ve adecuada la inclusión de cláusulas sociales porque supone premiar a las empresas más comprometidas.

Para Cantos la actual situación justifica la emergencia, pero en una fase posterior no podrá aplicarse con carácter generalizado. Deben existir causas justificadas porque de lo contrario podrán haber impugnaciones.

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