El Juzgado de Primera Instancia número 12 de València ha condenado a una empresa de aceitunas y encurtidos y a su aseguradora a indemnizar con 1.950 euros a una mujer que se rompió un diente al morder un hueso que se había quedado dentro de una aceituna rellena en la tapa que pidió en un restaurante valenciano.

El juzgado condena al pago de esta indemnización más los intereses moratorios y legales a la víctima, asociada de la Unión de Consumidores de la Comunitat Valenciana, por los daños ocasionados, según consta en la sentencia, contra la que no cabe interponer recurso de apelación.

La mujer acudió con varios familiares a un restaurante valenciano y pidieron un aperitivo acompañado de cacahuetes y aceitunas rellenas sin hueso. En un momento determinado, sintió un dolor en la muela causado por un hueso de aceituna que se había quedado en el interior de la misma.

El dolor se fue haciendo progresivamente más insoportable y al día siguiente acudió de urgencias al odontólogo, quien comprobó que la muela afectada, previamente sana, estaba partida de arriba abajo y no quedaba otra solución que la inmediata extracción y restauración de la misma. Resultó una intervención laboriosa por el destrozo causado por el hueso de aceituna.

La mujer comunicó a los responsables del restaurante los daños ocasionados por la aceituna servida y el propietario del local le manifestó que las aceitunas correspondían a una partida de aceitunas sin hueso rellenas adquirida a su proveedor habitual y que desde el restaurante se limitaron a servir el producto fabricado y suministrado por dicha empresa sin manipulación alguna.

En un primer momento, la Unión de Consumidores, en representación de la asociada, inició ante la mercantil y la aseguradora la mediación y reclamó por la vía extrajudicial el desembolso económico que le había supuesto el tratamiento y asistencia realizada por una clínica dental. Ante la falta de solución extrajudicial, se inició un procedimiento judicial, solicitando 1.550 euros correspondiente al tratamiento, asistencia y restauración de la pieza dental dañada, así como 400 euros por daños físicos y morales por el trastorno y perjuicio ocasionado.