El Tribunal Superior de Justicia de la C. Valenciana (TSJCV) ha anulado parcialmente la condena a cinco años de cárcel por abusos sexuales que la Audiencia de Valencia impuso hace medio año a un educador de un centro de menores, exmarido de la vicepresidenta del Consell, Mónica Oltra.

La sentencia ordena repetir el juicio por considerar que no se respetó el derecho a la defensa del acusado. El motivo: en el proceso celebrado en primer instancia se obviaron dos informes que refuerzan la versión mantenida por el educador y que no se incorporaron a la causa. A juicio del TSJ, estos documentos constituyen «nuevas pruebas» que deberán ser examinadas por el mismo tribunal que ya juzgó al reo, junto a otras aportaciones que pudieran surgir al hilo de estas novedades.

En diciembre, el acusado fue declarado culpable de abusar de una menor de 14 años que estaba bajo su tutela en un centro de menores de València. Poco después, la Conselleria de Igualdad remitió a la Fiscalía de Menores un informe psicológico encargado al Instituto Espill,especializado en evaluaciones a menores en procesos judiciales, que no se había tenido en cuenta en el litigio. El otro informe al que se refiere la sentencia del TSJ fue elaborado por la Dirección Territorial de la conselleria, que dirige Mónica Oltra. Ninguna de las dos pruebas daban credibilidad a la declaración de la joven, si bien es cierto que el segundo informe se basaba, parcialmente, en el primero.

De esta manera, el educador volverá a ser juzgado por la misma sala de la Audiencia. La condena debe, de este modo, ser reconsiderada «desde los elementos de corroboración de la credibilidad de la víctima», según el TSJ.

El tribunal, en cualquier caso, no ve adecuado obligar a la menor denunciante a repetir su declaración, de ahí que la nulidad del proceso sea parcial. La sentencia recuerda la vulneración de la obligada protección a la víctima cuando fue conducida esposada a testificar en la vista judicial, celebrada en noviembre.

«Pasividad»

En su recurso contra la condena, la abogada del acusado, Ana Cal, responsabilizó del «olvido» de las pruebas tanto a la «pasividad» de la Fiscalía como, en menor medida, a la Conselleria de Igualdad, encargada de los informes. El TSJ no señala a ningún culpable en el error.