El decreto del Consell que obliga a los ayuntamientos del litoral a poner en marcha planes de contingencia con medidas específicas frente a la amenaza de la Covid-19 (el plazo para presentarlos expira hoy) deja claro que la orden no tiene ninguna incidencia presupuestaria y no comporta gastos adicionales para la Generalitat ni para el resto de administraciones implicadas, que han de asumir su cumplimiento con los recursos y medios propios ya existentes.

El Consell Jurídic Consultiu (CJC), sin embargo, pone esa afirmación en tela de juicio en un dictamen previo a la aprobación de la norma que recoge las preocupaciones trasladadas por los consistorios. «La declaración de que no existe gasto público adicional al ya previsto en los presupuestos de las entidades locales resulta desmentida por las alegaciones de la Federación de Municipios y Provincias (FVMP), reclamando la necesidad de incorporar líneas de financiación que puedan sufragar los costes de implantación de las medidas» para hacer frente a la iniciativa con «seguridad y garantías», detalla el informe.

La FVMP echa de menos un artículo en el nuevo reglamento que contemple la inyección de fondos destinados a la contratación del servicio de salvamento o a las figuras «necesarias para conseguir los objetivos previstos», teniendo en cuenta que el decreto estipula los recursos humanos materiales mínimos necesarios en cada playa.

En sus alegaciones, la Federación advirtió del «sobrecoste económico inmediato» derivado de la implementación de la normativa, «que podrá ser soportado por algunos ayuntamientos, pero para otros no será asumible», puesto que las localidades costeras ya tienen aprobados sus presupuestos de 2020 y afrontan restricciones para hacer uso de sus remanentes.

El texto inicial del decreto elaborado por la Conselleria de Justicia se modificó para incorporar varias observaciones del Jurídic consideradas esenciales, con tal de revestirlo de legalidad. Una de ellas exigía la solicitud de un informe a la Dirección General de Presupuestos de la Conselleria de Hacienda ante la falta de previsión del coste de implantación de las medidas de aplicación. «Resulta evidente que la inclusión de nuevos trámites y funciones comportará nuevos gastos que deben ser calculados y ser públicos», apunta el dictamen. La Abogacía de la Generalitat también incidió en que el informe y la revisión de todos los planes, la elaboración de un catálogo general de playas y la formación específica «van a requerir de unos recursos materiales y humanos concretos, no desdeñables», junto con la carga burocrática pertinente, que en un principio -antes de subsanarse el decreto- no se consideraba justificada. La CJC, además, instó a Justicia a implicar a la Conselleria de Sanidad en el desarrollo y la aplicación de la norma por el contexto de emergencia.

Elaboración de los planess

El dictamen, fechado el 10 de junio, deslizó otras consideraciones no esenciales no incluidas en la normativa de seguridad y coordinación de las playas. El Jurídic, haciéndose eco de una alegación de la Administración del Estado, apreció insuficiente que la elaboración de los planes de seguridad y salvamento contemplados se deje en manos de «personal técnico con formación en emergencias y protección civil», una fórmula genérica que, a su juicio, no identifica la formación ni la titulación exigida. Por último, el informe cuestionó que la adhesión a la orden sea voluntaria para los municipios con playas interiores. «Resulta difícil de comprender, si el riesgo existe», concluyó el Jurídic.