El Pleno del Consell aprobó ayer viernes un convenio de colaboración entre la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública y los Colegios de Farmacéuticos de Alicante, Castelló y Valencia para la gestión de las ayudas de la Generalitat frente al copago farmacéutico durante este periodo 2020.

El objetivo de estas ayudas es facilitar el acceso y la adherencia a tratamientos farmacológicos a determinados colectivos vulnerables. Para ello, durante este año 2020 la Generalitat destina 67 millones de euros. En el convenio se establecen las condiciones de dispensación, facturación y pago de las aportaciones por tratamientos farmacológicos, subvencionados por el Decreto 269/2019 y por el Decreto 270/2019, ambos de 20 de diciembre, del Consell, que recogen las bases reguladoras.

El primer convenio se firmó en el año 2016 para personas con diversidad funcional y el colectivo de pensionistas y, desde entonces la Generalitat ha ido aprobando anualmente estas ayudas y ampliado los grupos de beneficiarios. Los colectivos que actualmente pueden beneficiarse de estas ayudas son los pensionistas, las personas con diversidad funcional, menores, personas en situación de desempleo y familias monoparentales.

Durante el año pasado fueron 1,5 millones de personas de la Comunitat Valenciana las que accedieron a estas ayudas. En concreto, 794.604 pensionistas, 107.500 personas con diversidad funcional, 401.750 menores, 279.090 personas en desempleo y 86 pacientes de familias monoparentales.

Asimismo, de los 67 millones de euros presupuestados para este año 2020, 41 millones se han destinado para las ayudas a los pensionistas, 7,9 millones para las personas con diversidad funcional, 7,6 para los menores de edad, 10,4 para las personas en situación de desempleo y 12.000 euros para las familias monoparentales.

En el caso de las personas pensionistas, se concede a aquellas con niveles de renta inferiores a 18.000 euros y sus beneficiarios. Las ayudas también van dirigidas a las personas con diversidad funcional, menores de 18 años con discapacidad diagnosticada con un grado de minusvalía igual o superior al 33%, y mayores de 18 años diagnosticados con un grado de minusvalía igual o superior al 65%).

En cuanto al colectivo de personas menores, son beneficiarias aquellas que ostentan la condición de asegurado o asegurada en el Sistema Nacional de Salud (SNS) o de beneficiario o beneficiaria en situaciones especiales y que dispongan de una tarjeta sanitaria individual; que el titular a la tarjeta a la que están adscritos tenga un nivel de renta inferior a 18.000 euros anuales.