El Servicio de Espectáculos de la Generalitat Valenciana, dependiente de la Secretaria Autonómica de Seguridad y Emergencias señaló ayer que si en una junta de propietarios se cumple con las recomendaciones y condiciones sanitarias y de seguridad indicados en la normativa, no habrá inconveniente en que a ella acudan personas mayores de edad. Contestaba así al

Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas que expresaba su preocupación ante el Real Decreto-Ley 11/2020, que preveía sanciones por celebrar juntas de propietarios con personas mayores de 65 años. Espectáculos respondía a la solicitud de aclaración del colegio de administradores. El artículo 7 no debe interpretarse dando sentada la sanción, sino solo cuando haya incumplimiento.