El Gobierno se propone pulir la legislación para evitar que las normas restrictivas que están dictando en pandemia las comunidades autónomas para aplicar confinamientos selectivos o limitaciones horarias o de cierre de actividades se eternicen en los juzgados y puedan dejar de ser viables y efectivas a nivel de impacto epidemiológico. Es lo que sucedió hace unos días en la Comunidad de Madrid cuando la autorización judicial al ocio nocturno se retrasó varios días con respecto al resto de regiones hasta que no se elevó al Tribunal Superior o lo que puede suceder ahora con la norma para Benigànim que ayer fue anulado por un juzgado de lo Contencioso y se ha tenido que volver a redactar. Según el anuncio realizado ayer por la vicepresidenta del Gobierno, Carmen Calvo y el ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, el grupo parlamentario socialista va a proponer reformar la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, para que estas restricciones que dictan las autonomías en pandemia sean competencia directa de los tribunales superiores de Justicia y no de los juzgados de lo Contencioso y tengan una tramitación «preferente» con un plazo máximo de tres días naturales e incorporando también al Ministerio Fiscal.

Además de agilizar la respuesta a las medidas de contención del virus, desde el Gobierno apuntan a que se quiere «dotar de la mayor seguridad jurídica posible» a las decisiones adoptadas por las autoridades sanitarias,» así como a las vías de control e impugnación de las mismas en beneficio de la ciudadanía y el interés común».

La propuesta debe recibir primero el acuerdo de los grupos parlamentarios. El cambio se haría enmendando el proyecto de ley de medidas procesales y organizativas para hacer frente a la covid-19 en la Administración de Justicia.