El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad (TSJ) ha condenado a la Generalitat a pagar 20 millones a los vecinos de Agua Amarga cuyas viviendas fueron expropiadas hace ahora dos décadas para la construcción de la Ciudad de la Luz. Estos 20 millones se suman a los 10 con los que el Consell ya indemnizó a los propietarios de los terrenos.

El TSJ primero y posteriormente el Tribunal Supremo en 2011 confirmó la nulidad de las expropiaciones destinadas a este proyecto de los terrenos ubicados en el cerro Colmenares de Alicante.

La sentencia del Supremo dejaba claro que la expropiación de estos dos millones de metros cuadrados era nula de pleno derecho por no acreditar su causa. El alto tribunal entendió que el proceso se había producido «sin la motivación preceptiva» y que, por lo tanto, el Plan Especial de Reserva de Suelo Público aprobado para realizar los estudios de cine no cumplió con la exigencia de concretar la finalidad para la que se elaboró.

Con arreglo a esta sentencia de 2011, la sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ tenía que pronunciarse sobre la devolución de los terrenos o, en su defecto, el abono correcto por estas propiedades una vez declaradas nulas la expropiaciones.

Esta sala acaba de fallar que la Generalitat debe pagar 20 millones adicionales a los ya abonados. El precio lo establece en 45 euros el metro cuadrado, un valor superior al fijado inicialmente en el proceso expropiatorio. La resolución ha sido salomónica ya no ha contentado tampoco a los propietarios, que pedían más dinero. Uno de los principales argumentos de las quejas de los propietarios era la calificación de algunas parcelas: antes urbanizables y ahora recalificadas como zona verde..

La resolución a la que el diario INFORMACIÓN -del mismo grupo editorial que Levante-EMV- ha tenido acceso es contundente: «Estamos ante la necesidad de reparar unos daños causados directamente por un desapoderamiento sin causa legítima, que textualmente se traduce desde un punto de vista jurídico en una ilegítima ocupación de suelo por parte de la administración, lo que indudablemente, debe tener su reflejo en la ejecución pues de lo contrario, daría exactamente igual como hiciera las cosas la administración, sino atribuimos consecuencias a estas situaciones de manifiesta ilegalidad».

Además, la sala detalla que en los supuestos en los que procede la restitución, la administración deberá devolver las fincas, «libres de toda carga y gravamen» entendiendo que «como consecuencia de la ilegitima actuación de la administración, los gastos derivados de la retransmisión de fincas correrán a cargo de la administración». Esta resolución no es firme y contra la misma cabe recurso de casación en el plazo de 30 días, aunque las fuentes consultadas por este medio ven improbable que se apele y aseguraron que este fallo pone fin a un proceso judicial que se ha prolongado a lo largo de casi una década.

Antecedentes

Los hechos se remontan al año 1998 cuando los medios de comunicación anuncian la expropiación del barrio de Agua Amarga. En el año 2000 se inician las primeras demoliciones y los vecinos afectados comienzan a recibir las indemnizaciones.

En el año 2011, el Tribunal Supremo declara la expropiación nula de pleno derecho por falta de causa expropiante y anulaba, por ser «contrarios a derecho», tanto este acto como los sucesivos hasta que los estudios cinematográficos del país iniciaron su andadura. En el año 2016, el Supremo insta a Generalitat a la devolución de los terrenos como respuesta a los contenciosos interpuestos por demandantes con intereses urbanísticos en esta zona.

El precedente de Terra Mítica

El proceso expropiatorio de parte de los terrenos sobre los que asienta la Ciudad de la Luz acarreó protestas de propietarios de viviendas, negocios y suelo que consideraban vulnerados sus derechos por la actuación de la Generalitat. Después de movilizaciones y cortes de carretera, algunos de ellos llegaron a acuerdos con la Administración en la cesión de sus propiedades. Tampoco las expropiaciones del suelo para Terra Mítica fueron tranquilas. El Consell las cifró en 4.000 millones de las antiguas pesetas, una cantidad que los propietarios con sus recursos elevaron a más de 23.400 millones de pesetas pero que luego el Supremo rebajó a la cifra inicial.