El principal caballo de batalla del segundo juicio del caso Blasco por el desvío de las ayudas a la Cooperación a Perú, África y Haití seguirá siendo una incógnita por ahora. ¿Cuánto dinero desviaron los condenados? Las cifras han variado desde los 8 hasta los 5 millones. La Abogacía de la Generalitat y la Coordinadora valenciana de organizaciones no gubernamentales para el desarrollo (Cvongd) pidieron a la sección quinta de la Audiencia de València, responsable de juzgar a los 24 acusados, que aclarara a cuánto ascendía el dinero desviado para que los condenados devuelvan el dinero desviado.

En la sentencia dictada el pasado mes de abril el tribunal no fijó la responsabilidad civil porque la Generalitat Valenciana no realizó ningún informe pericial sobre las ayudas que había repartido y los proyectos ejecutados para determinar a cuánto ascendió el fraude realmente.

Durante el juicio, la Abogacía de la Generalitat reclamó a l tribunal: «Haga una cuantificación porque si se deriva al Tribunal de Cuentas se nos escapa un montón de gente».

Una petición a la que ahora tampoco acceden los magistrados de la sección quinta de la Audiencia de València ya que, recuerdan, «la responsabilidad civil será determinada por la jurisdicción contable en el ámbito de su competencia». Si lo hicieran, advierten, «incurrirían en un exceso de jurisdicción», señalan los tres magistrados en el auto de aclaración de sentencia al que ha tenido acceso Levante-EMV.

De hecho, tras el primer juicio por el desvío de las ayudas tanto el Tsjcv como el Tribunal Supremo también determinaron que fuera el Tribunal de Cuentas el que decidiera la responsabilidad contable del dinero desviado en las ayudas a la cooperación a Nicaragua. El «quid» de esta cuestión es que el Tribunal de Cuentas sólo puede reclamar a funcionarios públicos o los beneficiarios de las subvenciones defraudadas. Una categoría en la que, por ejemplo, no entra el empresario Augusto Tauroni, que ha conseguido ser absuelto por el Tribunal de Cuentas y que la Generalitat tenga que pagarle 121.295 euros en costas.

Por último, el auto de aclaración de sentencia corrige otros errores detectados en el fallo del 24 de abril. Entre otros se reconoce al exconseller Rafael Blasco y al exjefe de Cooperación Marc Llinares la atenuante de «confesión tardía» y se corrige la pena a un empresario condenado.