Desde que el president de la Generalitat, Ximo Puig lo anunciara el sábado el toque de queda, son muchas las dudas que se han generado en cuanto a movilidad y limitación de aforo y actividades que permiten circular por la calle. El Boletín Oficial del Estado (BOE) recoge en 14 artículos las medidas que ya avanzó el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y que podrían extenderse hasta el 9 de mayo. El BOE en concreto señala que durante el periodo comprendido entre las 00:00 y las 6:00 horas, las personas únicamente podrán circular por las vías o espacios de uso público para la realización de unas determinadas actividades. A continuación detallamos las actividades que están permitidas durante el toque de queda. Y es que la pandemia sigue marcando máximos, ayer se alcanzaron otros dos récords que, muy probablemente, serán pronto superados: el mayor número de contagios registrados de viernes a lunes, 3.248 positivos, y la cifra más alta de fallecidos por covid-19 de la nueva normalidad, 19 muertes.

Toque de queda: Actividades que permiten circular por la calle

  1. Adquisición de medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad.
  2. Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  3. Asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia.
  4. Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
  5. Retorno al lugar de residencia habitual tras realizar algunas de las actividades previstas en este apartado.
  6. Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
  7. Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
  8. Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.
  9. Repostaje en gasolineras o estaciones de servicio, cuando resulte necesario para la realización de las actividades previstas en los párrafos anteriores».