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El encaje legal del fondo de cooperación municipal divide al Jurídic

El órgano concluye que el decreto no vulnera la autonomía de las diputaciones, pero tres consejeros plantean dudas con voto particular

Los presidentes de las tres diputaciones José Martí, Carlos Mazón y Toni Gaspar. | EFE/MANUEL BRUQUE

La nueva regulación del fondo de cooperación municipal que el Consell del Botànic ha impulsado a través de una ley no solo genera discrepancias políticas. La Diputación de Alicante que preside el popular Carlos Mazón lleva tiempo plantando cara a este fondo que implica tanto a la Generalitat como a las entidades locales y cuyo objetivo es garantizar la cobertura de los servicios públicos municipales que atienden las necesidades básicas de la ciudadanía, pero que obliga a todas las instituciones, incluidas las provinciales, a participar.

El encaje legal de esta iniciativa también ha suscitado dudas en el seno del Consell Jurídic Consultiu (CJC) cuyo dictamen a la ley ha sido favorable, pero no de forma unánime. Tres consejeros han emitido un voto particular en el que expresan sus dudas de que esta regulación atente a la autonomía de las diputaciones.

El dictamen solo incluye una observación esencial que tiene que ver con la ley de igualdad, pero el grueso del razonamiento del Jurídic tiene que ver con la eliminación del carácter voluntario de la participación por parte de las diputaciones al fondo que coordinará la Generalitat. Y aunque la conclusión es afirmativa, la mitad de los consejeros y consejeras expresa alguna discrepancia. El razonamiento tiene como punto de partida las alegaciones que en su día presentó al organismo jurídico la diputación de Alicante.

En su dictamen, el Jurídic cita la doctrina del Tribunal Constitucional para reconocer a la Generalitat la facultad autonómica de coordinación sobre las diputaciones, pero apunta que deben cumplir dos requisitos claves: que esta facultad esté específicamente atribuida y que responda a la protección de intereses generales.

Tras repasar diversas sentencias del alto tribunal, el órgano consultivo concluye que los citados requisitos se dan y, por lo tanto, el texto aprobado por el pleno del Consell el pasado viernes es acorde con el ordenamiento jurídico. Sin embargo, el dictamen viene acompañado de dos escritos con tres votos particulares. Uno que firma el consejero Enrique Fliquete y que constituye un voto contrario y un segundo, firmado conjuntamente por otros dos miembros del consejo, quienes, pese a apoyar el dictamen hacen observaciones discrepantes.

La posición más contundente es la de Fliquete que asegura que el proyecto normativo «excede los límites admisibles de las facultades de coordinación sustrayendo con éstas las competencias propias de las diputaciones, alterando su titularidad y su ejercicio». Este consejero se apoya en las sentencias incluidas en el dictamen pero para llegar a una conclusión opuesta.

Para este consejero no existe justificación alguna para la necesaria declaración de interés general ya que, insiste, las competencias en liza responden a las relaciones ordinarias de prestación de servicios por parte de las diputaciones a los ayuntamientos. Para Fliquete, «la totalidad de la norma tiene como única finalidad establecer unos mecanismos para disponer de los recursos de las diputaciones provinciales».

Las dudas al dictamen

El llamado voto «concurrente» pertenece a los consejeros María del Carmen Pérez Cascales y Faustino de Urquía Gómez, quienes expresan sus dudas, aunque apoyan el dictamen del conjunto del Jurídic. Entienden que tal como está redactada la norma no queda evidenciada la premisa del interés general.

Para estos consejeros tampoco está claro que los objetivos del fondo no puedan alcanzarse por los procedimientos de cooperación voluntaria y ven algunos excesos en la facultad de coordinación, como el hecho de que las diputaciones tengan que consultar con la Generalitat antes de aprobar los presupuestos al tiempo que apuntan a varias cuestiones sobre el reparto de los fondos que generan inseguridad jurídica y pueden atentar contra la autonomía de las diputaciones.

La vía popular y alicantina

Las pegas al dictamen de esta controvertida ley proceden de un lado del consejero nombrado a instancia del PP (Enrique Fliquete) y de los dos consejeros de procedencia alicantina: Carmen Pérez, designada por las Corts a propuesta de Ciudadanos; y Faustino de Urquía, nombrado porel Consell botánico. Aunque son la mitad de los miembros del consejo, no ha sido necesario el voto cualificado de la presidenta ya que el voto particular de los alicantinos es conocurrente, es decir, apoyan el dictamen con carácter general, pero hacen observaciones

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