Las empresas están obligadas desde ayer a prestar apoyo a los consumidores vulnerables como menores, mayores, personas con bajo nivel de digitalización, de formación o cultural, familias monoparentales o con discapacidad cuando tengan que firmar un contrato. Según recoge el decreto, la figura del consumidor vulnerable se incluye por primera vez en la normativa estatal de defensa de las personas consumidoras, que deberá ser objeto de especial atención tanto por parte de autoridades públicas como de empresas privadas.

Con el nuevo decreto, antes de que el consumidor y usuario quede vinculado por un contrato y oferta correspondiente, el empresario deberá facilitarle de forma clara y comprensible, salvo que resulte manifiesta por el contexto, la información relevante, veraz y suficiente sobre las características principales del contrato, en particular sobre sus condiciones jurídicas y económicas.

La UCE ve positiva la norma

Al respecto, la Unión de Consumidores de la Comunitat Valenciana ve (UCE) «positiva» esta nueva regulación, ya que servirá para evitar «abusos, fraudes, estafas y engaños por técnicas de comercialización o de información». La UCE pide ahora una «protección efectiva» tras el marco normativo vigente. Esta medida era una de las reivindicaciones más reclamadas por las asociaciones de con

El nuevo decreto establece que los términos en que se suministre la información sobre un contrato, principalmente cuando se trate de personas consumidoras vulnerables, además de claros, comprensibles, veraces y suficientes, se facilitarán en un formato fácilmente accesible, garantizando en su caso la asistencia necesaria, de forma que aseguren su adecuada comprensión y permitan la toma de decisiones óptimas.