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Los ayuntamientos incumplen tres de cada cinco obligaciones de transparencia

El estudio insta a los interventores locales a intensificar la búsqueda de infracciones

Los ayuntamientos incumplen tres de cada cinco obligaciones de transparencia

Desde que estalló la crisis económica de 2008, pocos lemas han dominado tanto el discurso público como el de la transparencia. En pocos años, las administraciones han dado un salto enorme a la hora de hacer lo más diáfano posible su funcionamiento ante el escrutinio social.

Pero en el ámbito municipal muchos ayuntamientos se siguen encontrando con grandes dificultades para cumplir la normativa por la escasez de recursos humanos y materiales. Así lo certifica el Tribunal de Cuentas en un informe de fiscalización que suspende los consistorios valencianos en la aplicación de la Ley de Transparencia aprobada en 2014: de media, entre 2019 y 2020, las entidades locales incumplieron el 59 % de las obligaciones de publicidad activa exigidas en la regulación estatal. Tres de cada cinco.

Las corporaciones han mejorado notablemente su calificación respecto a exámenes anteriores, pero el grado de cumplimiento de la normativa en la C. Valenciana se mantiene seis puntos por debajo del promedio registrado en el conjunto de España. El estudio evidencia que, a menor población, más difícil resulta acatar los deberes de transparencia. Entre las localidades de menos de 1.000 habitantes, el nivel de incumplimiento de los indicadores alcanza el 71 % de media en las tres provincias. Un porcentaje que se reduce al 61,3 % en la franja de municipios de entre 1.000 y 5.000 habitantes; al 59% entre los consistorios de hasta 20.000 habitantes; al 49 % en los que tienen hasta 50.000 habitantes y al 41 % en los que censan hasta 500.000 habitantes. El Ayuntamiento de València, la única ciudad con más de medio millón de empadronados, solo incumple un 11 % de los puntos recogidos en la ley.

Ahora bien, el Tribunal de Cuentas da un tirón de orejas a esta corporación por no airear toda la información relativa a las memorias e informes que componen los expedientes de elaboración de los textos normativos y por no publicar la totalidad de los informes de fiscalización practicados por órganos de control externo ni el conjunto de las indemnizaciones abonadas a cargos públicos que abandonan sus puestos o que no pueden percibir un sueldo por incompatibilidades con su trabajo en el sector privado.

Estos son algunos de los olvidos en los que más hace hincapié el órgano fiscalizador con sede en Madrid, para el que, por lo general, la información jurídica y de personal difundida por los consistorios es «insuficiente y confusa». Entre sus recomendaciones, el tribunal emplaza a los ayuntamientos a implantar procedimientos internos de supervisión y a dotarse «de los medios personales y materiales necesarios» para dar cumplimiento a las obligaciones de publicidad activa previstas en la legislación en materia de transparencia.

Una obligación que choca con los corsés legislativas que restringen la capacidad de las entidades locales para reforzar sus plantillas. El organismo también emplaza a las diputaciones y a la Generalitat a intensificar las actuaciones dirigidas a reforzar la transparencia, especialmente en los municipios de población inferior a 5.000 habitantes.

El informe del Tribunal de Cuentas advierte de los agujeros normativos que complican el cumplimiento de la Ley de Transparencia y pone el foco en que, entre 2019 y 2020, ningún ayuntamiento abrió procedimientos sancionadores por infracciones relacionadas con la citada regulación estatal. El organismo fiscalizador hace hincapié en las dificultades de los consistorios para determinar cuál es el órgano competente para la incoación de castigos en aquellos casos en los que el posible responsable de la infracción es un cargo electo.

Dicha competencia puede ser atribuida al presidente de la corporación pese a que, a la vez, éste puede ser el autor de la infracción, lo que ofrece pocas garantías sobre la objetividad del procedimiento. Por eso, el Tribunal de Cuentas emplaza a las entidades locales a «definir y regular la figura del alto cargo» para poder aplicar efectivamente el régimen sancionador previsto.

El informe también recomienda a los órganos municipales de intervención que intensifiquen sus labores de rastreo de infracciones de la normativa de buen gobierno tipificadas en la Ley de Transparencia, con tal de trasladar la información resultante al Tribunal de Cuentas y que puedan exigirse responsabilidades económicas.

En cualquier caso, el informe destaca que prácticamente la totalidad de las entidades locales de la Comunitat Valenciana tienen Portales de Transparencia activos (el 91%) y sedes electrónica s (96%), porcentajes que colocan a la autonomía entre las que más respetan este precepto. Las mancomunidades, en cambio, se encuentran entre los organismos que menos información sobre su funcionamiento difunden en cumplimiento de la ley. El informe también señala que la Entidad Metropolitana de órganos públicos como la Entidad Servicios Hidráulicos de València (Emshi) no dispone de un Portal de Transparencia.

Por otra parte, el Tribunal de Cuentas sitúa a la Comunitat Valenciana como la tercera autonomía que airea un mayor porcentaje de información de sus administraciones en una única lengua cooficial (19 %), por detrás de Galicia (25 %) y Cataluña (20 %).

Un agujero regulatorio impide perseguir las infracciones

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