Una auditoría aflora pagos indebidos de 35 millones en las entidades locales

La Sindicatura insta al Gobierno a regular la figura del reconocimiento extrajudicial de créditos tras advertir de un uso demasiado recurrente en ayuntamientos y diputaciones para dar cobertura a gastos al margen de los cauces legales

Los gastos relativos a las contratas de limpieza y recogida de basura son los que más se repiten en los reconocimientos extrajudiciales.  | LEVANTE-EMV

Los gastos relativos a las contratas de limpieza y recogida de basura son los que más se repiten en los reconocimientos extrajudiciales. | LEVANTE-EMV / Sergio Gómez. València

Sergio Gómez. València

El reconocimiento extrajudicial de créditos es el procedimiento a través del cual las entidades locales saldan facturas generadas por servicios y suministros que no tenían consignación presupuestaria, o que se ejecutaron sin haber seguido los mecanismos de fiscalización previa oportunos. Un instrumento de carácter excepcional sobre el que la Sindicatura de Comptes ha puesto el foco, por su uso demasiado «recurrente» en ayuntamientos y diputaciones para dar cobertura a operaciones de dudosa legalidad.

El organismo fiscalizador ha analizado 88 expedientes de reconocimientos extrajudiciales aprobados en 2018 por 57 grandes corporaciones valencianas y ha concluido que el 93% de los pagos a proveedores incluidos en este tipo de procedimientos se contrajeron de forma indebida. En cifras absolutas son 6.462 facturas, valoradas en 35,5 millones de euros, las que se ponen en cuestión.

En su informe, el Síndic advierte de que el vacío regulatorio existente a nivel estatal sobre este mecanismo hace que muchas entidades se acojan a él de una forma demasiado alegre y sin unos criterios claros, con el objetivo de legalizar actos que podrían ser objeto de nulidad porque se comprometieron sin seguir los cauces establecidos. Por ello, la entidad insta al Gobierno a revisar la normativa para aclarar en qué supuestos excepcionales puede ser aplicado el reconocimiento extrajudicial, con tal de normalizar el procedimiento.

También pide que se especifiquen las medidas pertinentes dirigidas a exigir responsabilidades a las autoridades y al personal de la Administración local cuando se omite la fiscalización previa o se pagan facturas sin consignación.

La Sindicatura constata que ninguno de los ayuntamientos examinados determinó responsables ni inició procedimientos de revisión de oficio -con los informes jurídicos y técnicos correspondientes- sobre los pagos indebidos incluidos en los expedientes revisados. Tampoco disponían de normas específicas para tramitar los reconocimientos y muchos se saltaron la obligación de aprobarlos a través del pleno. El 13,6 % obtuvo luz verde por decreto de alcaldía.

Un 33,6 % de pagos sin contrato

El 92,7 % de los ayuntamientos valencianos de más de 20.000 habitantes y las tres diputaciones imputaron gastos al presupuesto de 2018 a través de reconocimientos extrajudiciales. Solo un 6,9 % de las obligaciones incluidas en los mismos (por 2,6 millones de euros) no se comprometieron indebidamente, sino que obedecían a retrasos en la tramitación de las facturas o en los mecanismos de pago. En cambio, el 50,4% de los gastos analizados excedían lo inicialmente presupuestado (o directamente no estaban consignados), mientras que el 33,6% carecían de la necesaria cobertura contractual. El 40,7 % de los expedientes bajo cuestión surgieron de un acuerdo municipal contrario a las advertencias de legalidad de los órganos de control internos, mientras que en un 28,2 % de los casos se omitió el trámite de fiscalización previa.

Los gastos ligados a servicios y suministros -sobre todo relativos a las contratas de limpieza viaria y recogida de basuras- representan el 76,2 % del importe incluido en los reconocimientos, mientras que las operaciones urbanísticas suman un 11,4 %. Los ayuntamientos que tramitaron una mayor proporción de pagos por medio de reconocimientos extrajudiciales fueron Benicarló (21,9%) y Castelló (7,0%).

La Sindicatura también señala a la Diputación de Valencia y a los consistorios de Torrevieja y Elx por saldar diferentes obligaciones al margen de los procedimientos legales de contratación, incidiendo en que las objeciones técnicas detectadas en estas corporaciones han de remitirse al Tribunal de Cuentas. El organismo apunta a una cuantía importante de gastos tramitados «de forma inadecuada» en el consistorio de València.

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