La diputación defiende la clasificación de Divalterra cuestionada por el juez
Los técnicos de la corporación desligan las contrataciones investigadas en el caso Alquería del encaje legal de la empresa pública que permitió engrosar la cúpula y las retribuciones - Gaspar ha reducido a tres los directivos y ultima la reconversión de la sociedad

Un pleno de la Diputación de Valencia celebrado el pasado mes de octubre. | LEVANTE-EMV / S.Gómez. València
S.Gómez. València
El auto que procesa el expresidente de la Diputación de Valencia y a otros 13 ex altos cargos del PSPV y Compromís reproduce los argumentos empleados en su día por la Intervención General del Estado para cuestionar el encuadre de la entidad pública en un grupo de sociedades que permitió engrosar la cúpula y las retribuciones de los directivos de la empresa de las brigadas en 2016.
El escrito del juez del caso Alquería evoca un informe de la Agencia Tributaria según el cual la cifra del volumen de negocio de la entidad se habría hinchado artificialmente para poder clasificarla en el grupo 1 de los tres contemplados en la normativa de referencia estatal, una circunstancia que -añade el auto- «proporcionó el soporte jurídico para la existencia de 10 cargos directivos contratados previamente» con sueldos superiores a los que les hubiera correspondido de haber estado enclavada la firma en el grupo 2, más acorde con la realidad según dicho informe pericial.
Los actuales responsables de la Diputación de Valencia, sin embargo, sostienen que la resolución judicial no pone en entredicho el encuadre que da forma a la estructura de Divalterra, cuya legalidad ha sido validada por los técnicos de la corporación, sino la forma en que se forzó la maquinaria para mantener a una serie de altos cargos que ya no forman parte de la empresa pública.
En noviembre, la corporación presidida por Toni Gaspar promovió una serie de cambios que redujeron la cúpula de Divalterra de diez a un máximo de tres directivos (en la actualidad solo hay dos) e introdujeron mecanismos de control previo en las contrataciones, a la espera de poder cerrar pronto la prometida reconversión jurídica de la entidad para atarla más en corto, un proceso que se ha demorado por los escollos técnicos.
Lo que se mantiene intacto y no se va a modificar, en cualquier caso, es la clasificación de Divalterra en el grupo 1 y las retribuciones de los cargos, que como máximo pueden cobrar 72.500 euros anuales. Eso es lo que ahora perciben el gerente y el jefe jurídico de Divalterra, al nivel de un conseller. En el mismo grupo se incluyen también la firma semipública Egevasa y el Consorcio de Bomberos, aunque los sueldos de sus directivos no son tan altos. En las entidades del grupo 2, que engloba a Girsa o el Patronato de Turismo, las retribuciones no pueden superar los 56.400 euros.
Discrepancias jurídicas
La aprobación de los cambios por la vía de urgencia en el pleno de noviembre fue recurrida en los tribunales por el PP, que pone en duda que la clasificación de Divalterra sea correcta. El propio jefe jurídico de Divalterra, José Luis Vera, también ha mostrado sus discrepancias con la misma en una reciente entrevista en Las Provincias. En cambio, tanto el secretario como el interventor de la diputación defienden la legalidad del encuadre, en virtud de la capacidad de autoorganización de la corporación, y desligan las contrataciones investigadas judicialmente de la estructura aprobada para Divalterra.
En un escrito de aclaración a los grupos políticos, el secretario subrayó que no existen unos parámetros legales marcados por el Estado ni sobre el número de directivos que han de tener las entidades dependientes ni sobre su retribución, sino una estructura retributiva y una serie de criterios legislativos que han sido tenidos en cuenta a la hora de clasificarlas en los tres grupos posibles.
Con esos criterios, el Ministerio de Hacienda hizo su clasificación y estableció el importe máximo de las retribuciones de los directivos de las entidades estatales y cada corporación local ha de hacer lo propio en función de las empresas públicas con las que cuenta. Aunque la Intervención General incidió en su informe en las diferencias en el volumen de negocio entre sociedades estatales del grupo 1 como Aena o Tragsa con Divalterra, el secretario del ente provincial echó por tierra ese argumento: no pueden compararse ambos casos porque cada sociedad ha de evaluarse en el contexto de la administración a la que pertenece. Además, los sueldos en el ámbito público estatal son muy superiores.
Desde la Vall ens Uneix, el partido de Jorge Rodríguez, se acogieron en el pleno a las tesis de los técnicos de la corporación para defender que la clasificación de la empresa de las brigadas aprobada en 2016 no se hizo «ad hoc», sino que estaba respaldada jurídicamente.
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