El Supremo decidirá qué tasa pueden cobrar los ayuntamientos a las eléctricas
Red Eléctrica recurre sentencias que habían ganado Gilet, la Font de la Figuera y Villagordo del Cabriel al considerar que la tasa es elevada o que la jurisprudencia se contradice en diferentes comunidades, por lo que el tribunal volverá a pronunciarse

Una de las torres eléctricas, en el término municipal de la Font de la Figuera, en la Costera. | PERALES IBORRA / miriam bouiali. valència
La cantidad económica que ingresarían algunos pequeños municipios si Red Eléctrica de España (REE) y otras compañías pagaran las tasas por sus torres o canalizaciones en terrenos municipales sería considerable. En el caso de la Font de la Figuera, en el recurso de casación que actualmente está en el Supremo se juegan la tasa de 2015, 2016, 2017 y 2018, pues no han percibido nunca un ingreso correspondiente a eso.
Como explica el alcalde, Vicent Muñoz, «en total, y no solo Red Eléctrica, nos deberían pagar cerca de 45.000 o 50.000 euros al año. Es un ingreso altísimo y es lo que toca, porque es una cuestión de justicia», defiende, al tiempo que recuerda que el presupuesto municipal para 12 meses es de unos dos millones de euros. «La tasa supone la prestación de cualquier tipo de servicio, y más en tiempo de pandemia, cuando hemos triplicado el gasto de limpieza y desinfección de vías públicas y edificios municipales», expone.
«Es justo que estas compañías, que se aprovechan tanto del territorio, asuman el pago, lo que nos permitirá prestar servicios», añade. «Vamos a reclamar hasta el último céntimo porque es una cuestión de lógica y respeto a los municipios más pequeños y de interior que, en la inmensa mayoría, somos quienes sufrimos estas infraestructuras», denuncia Muñoz.
«No es la solución recortar otros servicios, sino que tenemos que recibir nuestros ingresos legítimos, lo que está aprobado en nuestra ordenanza de 2014. No tiene sentido que, después de tantos recursos, estemos en las mismas», critica el político, que recuerda que los tribunales ya validaron la petición municipal, pero cree que la empresa alarga ahora los pagos todo lo posible y por eso ha recurrido el porcentaje de la tasa. «Es una falta de respeto a la ciudadanía», considera.
Varios municipios valencianos están pendientes de los tribunales para saber si cobrarán por la utilización privativa o aprovechamiento especial que hacen de su terreno público las empresas con instalaciones de transporte de energía eléctrica, gas, agua e hidrocarburos que pasan por sus montes o sus calles, ya sean en superficie, por el subsuelo o a través de postes o tendido eléctrico.
El Tribunal Supremo ha admitido a trámite varios recursos de Red Eléctrica de España (REE) de litigios que la compañía mantiene con, al menos, tres ayuntamientos valencianos: Gilet, la Font de la Figuera y Villagordo del Cabriel, que ya habían ganado la batalla a la multinacional pero que ahora esperan una última —y definitiva— palabra de los tribunales, como también ocurre en otros puntos de toda España.
En concreto, en base a la Ley reguladora de Haciendas locales, desde 2014 algunos municipios optaron por pedir a REE un canon por la utilización o la afección que tiene en sus terrenos el transporte de la energía. Tras años de sentencias y recursos, el pasado 28 de enero, el Tribunal Supremo ha admito a trámite estos tres recursos de casación en relación a los consistorios de la Costera, la Planat d’Utiel-Requena y Camp de Morvedre citados anteriormente.
La comercializadora de energía eléctrica alega diferentes cuestiones: en unos casos, que la tasa del 5 % que generalmente se reclama es un «porcentaje elevadísimo» y una «desproporcionalidad», ya que defienden que hay «aprovechamiento especial, nunca utilización privativa», como se puede leer en el recurso de Villagordo del Cabriel. Por otro lado, Red Eléctrica también argumenta, en los casos de la Font de la Figuera y Gilet, que la última sentencia existente «contraviene la doctrina de los TSJ de Castilla y León y del País Vasco, en lo que al tipo de gravamen del 5 % se refiere».
Con todo esto, el Alto Tribunal considera que sí hay «interés casacional objetivo» (hay doctrinas contradictorias y la ley ha sido interpretada de diferente manera por órganos judiciales diferentes), por lo que cree que debe pronunciarse de nuevo y unificar la doctrina.
De hecho, en los recursos se puede leer que la cuestión recae en «matizar, precisar o revisar, en su caso, la jurisprudencia establecida, concretando si en los supuestos de aprovechamiento especial de bienes del dominio público es lícito imponer un tipo de gravamen del 5 % sobre la base de la tasa».
El cobro de estas tasas a las eléctricas puede suponer un ingreso a las arcas municipales de miles de euros en cada caso, lo que podría compensar la infrafinanciación denunciada habitualmente por los municipios. Según fuentes consultadas, esta sería una manera «legítima» de dar un respiro a las cuentas y compensar el aprovechamiento que se hace de los terrenos para la actividad industrial, con muchos metros de tendido eléctrico.
En los últimos años, algunos consistorios se han adherido a la posibilidad de solicitar el cobro, si bien, esto también les conlleva gastos a la hora de afrontar los juicios, pues REE —que en los primeros 9 meses de 2020 anunció un beneficio neto de 507 millones— está recurriendo.
Cabe recordar que, en 2017, el Supremo ya reconoció el derecho de los ayuntamientos a imponer una tasa a las compañías energéticas (eléctricas y de gas) que tengan instalaciones desplegadas por zonas rústicas de dominio público. Fue una batalla de David contra Goliat que, por aquel entonces, se calculaba en 50 millones de euros para pueblos de toda España.
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