«La pandemia ha vulnerado derechos básicos en el momento de la muerte» como la posibilidad de elegir dónde morir y de estar acompañado por los familiares más directos o las personas que se elija. También en algunos casos que ya investiga la justicia se ha vulnerado el derecho a recibir una asistencia sanitaria digna, como sucedió con los protocolos aplicados en otras autonomías en las que no se trasladaba a los hospitales a personas mayores que vivían en residencias con patologías previas y que ya se investigan como homicidios imprudentes.

Son sólo algunos de los efectos desgarradores de la pandemia que ayer desgranó la doctora en Derecho Civil Fabiola Meco en la primera de las cuatro jornadas que va a organizar la Fundación Valenciana de Estudios Avanzados (FVEA) sobre los efectos de la covid-19 en el ámbito jurídico.

«Vivir con dignidad implica morir con dignidad. Pero durante la pandemia se han adoptado medidas excepcionales que han truncado nuestra normalidad y que también han incidido en el final de la vida, que se ha producido en soledad, por lo que se ha vulnerado el derecho a una muerte digna y a morir acompañado. No teníamos protocolos para salvaguardar la voluntad del paciente. Improvisamos e introdujimos parámetros de tristeza», aseguró Meco. Unas limitaciones que se extendieron hasta el duelo tras los fallecimientos.

Una situación que ha sido especialmente cruel en los centros de personas mayores donde la pandemia ha sacado a la luz los «déficits del modelo residencial que ha favorecido mayores contagios por una infrafinanciación estructural, bajos salarios y alta rotación que colisiona con una atención de calidad. Un modelo mercantilizado con grandes beneficios para las empresas sin que las administraciones públicas ni el ministerio fiscal hayan aplicado un control exhaustivo».

La abogada especializada en Derecho de daños, María José Santa Cruz Ayo, quien defendió que «la mayor incidencia de la covid-19 en los seguros sanitarios se producirá en la responsabilidad civil profesional de la sanidad y en las residencias». Esta responsabilidad civil se traduce en «una responsabilidad patrimonial: derecho a ser indemnizado por quienes sufran una lesión por el anormal funcionamiento de los servicios públicos».

También se ha reconocido ya, vía judicial, «la enfermedad profesional a personal contagiado. Aunque no será la administración laboral la que reconozca esta condición, pero será, como casi todo en la covid-19, a través de los tribunales».

Por último, el catedrático de Derecho Mercantil de la UV, Juan Bataller Grau desgranó los seguros que pueden incluir el lucro cesante en caso de cierre por covid-19 «aunque la póliza debe incluir este riesgo». Y sobre los seguros de decesos «si no se presta el servicio porque están colapsados, los asegurados pueden acudir a terceros y la compañía asumir el coste».