Los juristas consultados por este diario para valorar el decreto antidesahucios del Gobierno, que está vigente desde diciembre, para evitar que familias vulnerables se queden sin hogar mientras dure el Estado de Alarma, coinciden al asegurar que la normativa cumple el fin para la que esta fue diseñada. Ahora, si es así ¿por qué se siguen produciendo desahucios a personas vulnerables?

El vicepresidente de la Asociación Juristas Valencianos y catedrático de Derecho Procesal en la Univeristat de València, José Bonet, asegura que la «clave» del Real Decreto-ley 37/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de la vivienda y en materia de transportes está en el siguiente punto: «la persona arrendataria podrá instar, de conformidad con lo previsto en este artículo, un incidente de suspensión extraordinaria del desahucio o lanzamiento ante el Juzgado por encontrarse en una situación de vulnerabilidad económica que le imposibilite encontrar una alternativa habitacional para sí y para las personas con las que conviva».

El catedrático de Derecho Constitucional de la Universitat de València, Vicente Garrido, coincide en señalar el mismo punto clave y afirma que el afectado «deberá acreditar su vulnerabilidad económica mediante la presentación de determinados documentos, que deberán ser examinados por el arrendador demandante, quien podrá acreditar que él también podrá encontrarse en situación de vulnerabilidad económica si se suspende el lanzamiento. El juez debe solicitar un informe de servicios sociales y, a la vista de la documentación, decidirá si suspende o no el lanzamiento».

Es pues imprescindible que el afectado se acerque el juzgado cuanto antes para comunicar su situación de vulnerabilidad, algo que no suele ocurrir cuando se recibe la primera notificación, por diversos motivos. «Hay personas analfabetas, o que no conocen el idioma, o que están en situación irregular o que tienen miedo a comunicar lo que les está pasando, y eso lo vemos nosotros a diario», explica el portavoz de la Plataforma de Afectados por las Hipotecas (PAH) València, José Luis González.

Y recalca: «el decreto es positivo porque por primera vez incluye y protege a personas muy vulnerables como aquellas que no tienen el título de la propiedad, es decir, personas a las que se les ha acabado el contrato de alquiler y permanecen en la vivienda o familias que se han visto obligadas a ocupar una vivienda de banco, que no de particular, algo que también queda muy claro en el decreto. La normativa amplía miras y es de agradecer».

Tres requisitos

Ahora bien, el portavoz de la PAH asegura que el decreto no impide desahucios a personas que no cumplan con tres requsitios que remarca la norma: ser víctima de violencia machista, tener hijos a cargo o que haya una persona con discapacidad en la vivienda. «Por eso vemos casos de personas mayores, por ejemplo, que se les ha acabado el contrato de alquiler y tienen en marcha un proceso de desahucio que no recoge el decreto. O de jóvenes que han salido del sistema de tutela de menores al cumplir los 18 años. Estamos muy satisfechos con la nueva normativa porque era una necesidad vital, pero hay que dar un paso más porque la vulnerabilidad de muchas personas es terrible, pero eso no quita que aplaudamos un decreto que era y es fundamental», explica Jose Luis González.