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La Fiscalía cree que el dueño de Avialsa defraudó casi 4,5 millones en cuatro años

Ve indicios de que cometió 9 delitos contra Hacienda y otro de falsedad tras planificar un sistema de tributación ilegal

Vicente Huerta, a la izquierda, en una imagen de archivo en rueda de prensa. José Aleixandre

 La Fiscalía especial contra la corrupción y la criminalidad organizada ha presentado un escrito al Juzgado de Instrucción Número 2 de Sagunt que complica las cosas al empresario saguntino Vicente Huerta, el dueño de Avialsa y presunto cabecilla del denominado Cártel del Fuego’ que se sigue investigando en la Audiencia Nacional.

Por los informes emitidos por el Inspector de Hacienda del Estado y otras diligencias practicadas, la fiscalía cree que Huerta incurrió, presuntamente, en nueve delitos contra la Hacienda Pública y un delito continuado de falsedad en documento mercantil. En concreto, considera que defraudó casi 4,5 millones de euros en diversos impuestos, tanto en declaraciones sobre la renta (IRPF), en concepto de IVA o impuesto de sociedades (IS) correspondientes a los años 2010, 2011, 2012 y 2014.

Además, entiende que todo esto lo hizo con una estrategia previa y un objetivo claro: «procurarse un beneficio fiscal ilícito». De hecho, sostiene que « actuando en su condición de administrador del grupo de empresas Avialsa, planificó un sistema de tributación ilegal para reducir su carga fiscal en el IRPF, consistente en la obtención de rentas en especie y la utilización, consumo u obtención para fines particulares de bienes, derechos o servicios de forma gratuita, que no fueron declaradas en el referido impuesto», afirma en un escrito al que ha tenido acceso Levante-EMV.

La Fiscalía cree que todo esto es únicamente achacable al empresario y «no existen indicios suficientes» para atribuir «participación alguna en esos delitos tributarios» a dos exempleados de Avialsa y al exgerente de la compañía, Francisco Alandí, «al no constar una intervención clara, directa, eficaz y necesaria para la consumación del fraude». De hecho, considera que «procede acordar el archivo provisional del procedimiento» contra Alandí, quien destapó todas las irregularidades tras ser denunciado previamente por Huerta de unas acusaciones que se han ido rechazando en sede judicial, pues la querella que éste interpuso contra él se acabó archivando en la Audiencia Provincial de Valencia y, de hecho, la fiscalía no le acusó porque estimó probado que no hubo ni engaño, ni estafa.

Este informe de la Fiscalía ha sido realizado a raíz de los recursos de apelación interpuestos contra un auto previo del juez, dentro de esta pieza separada que investiga presuntos delitos fiscales. Con él, se respaldan esos recursos presentados tanto por Alandí y esos dos exempleados de Avialsa como por el exteniente de alcalde de Quartell, Emilio Máñez, y el dueño de la empresa que organizaba las cacerías promovidas varios años por Avialsa para invitados como el entonces conseller Serafín Castellano.

También describe cómo utilizaba Huerta sus empresas y su fundación para camuflar facturas correspondientes a cacerías, solicitando a su proveedor que las facturas fuesen emitidas a nombre de sus sociedades, alterando los conceptos para poder deducírselas como gasto social.

Bienes propios facturados como gastos sociales

La forma de proceder de Huerta era un clásico de los presuntos delitos de este tipo, según se desprende del documento de la Fiscalía, que considera que éste buscaba la «obtención de prestaciones de servicios y entregas de bienes para fines propios, facturados por terceros proveedores a las empresas del grupo, haciéndolos pasar como gastos sociales», afirma.

«La facturación emitida por estos proveedores respondían a operaciones reales que fueron documentadas en facturas con los conceptos alterados, para que contemplasen servicios que se acomodasen al objeto social de la empresa receptora de las mismas», añade.

También considera que Huerta no se quedó ahí y recibió retribuciones de las sociedades Avialsa T-35, ATE y el Holding, «utilizando a la compañía Airhuerk SL como entidad instrumental para percibir dichas remuneraciones, empleando para ello un sistema de facturación cruzada entre las citadas compañías que no respondía a operaciones reales».

Además, como es habitual en casos similares, estima que «los gastos particulares del director del grupo ajenos a la actividad empresarial, fueron omitidos deliberadamente en el IRPF y, a su vez, fueron consignados por el acusado en las autoliquidaciones del IVA y del IS de las compañías encargadas de sufragarlos, generando gastos sociales y cuotas de IVA soportado ficticios que minoraron ilegalmente su cuota tributaria».

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