¿Alguna vez se ha encontrado que para hablar con una empresa ha de llamar a un teléfono que empieza por 901 o 902? Esto puede ser motivo de sanción (de entre 3.000 a 600.000 euros) desde el pasado diciembre cuando el Gobierno hizo pública la obligación de poner a disposición de los consumidores una línea telefónica de tarificación normal. En el caso concreto de los servicios de carácter básico, el teléfono al consumidor deberá ser gratuito.

Una alternativa a la de tarificación especial que no se está cumpliendo, según denuncia la asociación Asufin y por la cual la Dirección General de Consumo de la Generalitat expedientará a las mercantiles incumplidoras.

La entidad denunció el presunto incumplimiento de esta norma y, a raíz de esta actuación, el Ministerio de Comercio y los organismos de las comunidades autónomas acordaron en una reunión interterritorial expedientar y sancionar a las empresas que continúen ofreciendo una tarificación especial sin una alternativa más económica o gratuita.

«Es necesario dar respuesta»

Así lo confirmó a este periódico la directora general de Comercio, Rosa Ana Seguí, quien apuntó que «estamos coordinados con el ministerio y en este caso también ha sido así» y aunque destacó que los teléfonos 900 «no son un problema por el que las personas consumidoras se preocupen a la hora de denunciar», sí es algo que puede darse pronto y «a lo que es necesario dar respuesta». La asociación del consumidor ha analizado 57 empresas que ofrecen servicios básicos y solo un 12,28 % tiene un número gratuito de atención telefónica al cliente.

Incumplen el 82 %

Un 87,72 % incumple la normativa, de los que un 73,68 % sigue publicando números de tarificación normal, mientras que un 14,04 % incluso publica números de pago (901 y 902).

Así, la asociación de usuarios apunta que, «como paso previo, el grupo de trabajo de Control de Mercado de la Interterritorial, reunido hace unas semanas, ha decidido enviar un requerimiento para informarles de la obligación de ofrecer un 900 gratuito en su condición de compañías de servicios esenciales».

Ahora, si estas mercantiles no cumplen con la ley de consumo, una vez recibido el requerimiento de las autoridades competentes del ministerio, serán las comunidades autónomas quienes hagan efectiva la sanción a las ya avisadas empresas.