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Los interinos de la Comunitat Valenciana tendrán que aprobar un examen para seguir en la bolsa

La nueva ley de función pública da una moratoria de dos años a quienes superaron al menos una prueba en el pasado, pero deja fuera al resto - Hasta ahora era suficiente con presentarse a la oposición

Instalaciones del complejo administrativo 9 d’Octubre en València. | FERNANDO BUSTAMANTE

El futuro del personal interino que integra las bolsas de trabajo se complica, aunque una parte podrá permanecer al menos dos años más en las nuevas bolsas siempre y cuando pueda acreditar el tener un examen aprobado. La nueva ley de función pública, que entró en vigor ayer tras la publicación en el Diario Oficial de la Generalitat (DOG), introduce cambios importantes respecto a los requisitos para la incorporación del personal temporal a las bolsas de trabajo vinculadas a las ofertas de empleo público, de tal manera que solo aquellos que hayan aprobado al menos una de las pruebas de un proceso selectivo podrá mantenerse en ellas.

El futuro del personal interino integrado en bolsas de empleo (un puerta de entrada a la Generalitat cuando faltan manos) ha sido una de las cuestiones más controvertidas de esta ley, si bien el debate que más ha trascendido ha sido el relativo a la implantación del requisito lingüístico.

Pero al margen de esta cuestión, que acaparó el interés mediático y la negociación política, otro de los puntos calientes en la cocina de la ley fue el relativo a la constitución de las bolsas de trabajo.

La consellera de Justicia, Gabriela Bravo, dispuesta a sanear las bolsas de empleo temporal y restringir su acceso a aquellos aspirantes que al menos hubieran aprobado un examen, mantuvo un tira y afloja con parte de la representación sindical. El texto que finalmente llegó a las Corts sancionaba ese cambio de filosofía y ponía fin a la situación amparada por la antigua ley de 2010 que permitía a una persona interina permanecer en las bolsas con tan solo presentarse al examen.

Con todo, la ley que salió de la conselleria se ha matizado en las Corts con la incorporación de una transitoria, según la cual «durante el periodo de dos años desde la entrada en vigor de esta ley, podrán inscribirse en las bolsas de trabajo vinculadas al desarrollo de las ofertas de empleo público previstas en el artículo 18.6 de la presente ley quienes hayan aprobado al menos alguna de las pruebas en el último proceso selectivo o el inmediatamente anterior». Es decir, la disposición salva durante dos años a los integrantes de las bolsas que acaben decayendo por la constitución de unas nuevas fruto de una oposición. Ahora bien, solo aquellas que demuestren que se presentaron a la prueba interior y al menos aprobaron un examen. Quienes no lo hicieron pierden su derecho a continuar en esa lista de espera salvo que aprueben en un nuevo proceso.

Dudas de los sindicatos

La transitoria introducida no es exactamente lo que esperaban algunos sindicatos como UGT y CSIF. La nueva regulación genera, además, dudas sobre las bolsas supletorias, es decir, no está claro si se podría echar mano de bolsas antiguas en el caso de agotarse las nuevas. La cuestión de las bolsas no es baladí y va más allá del futuro de los afectados.

En un momento como el actual, donde la Generalitat precisa de muchas manos para cubrir plazas vacantes, podría tener problemas ya que muchas bolsas están agotadas. La nueva regulación acaba con las bolsas libres en el sentido de que las vías de acceso alternativas requerirán también superar al menos alguna prueba de conocimiento.

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