Aquellas personas que reciban prestaciones no contributivas de invalidez, jubilación e incapacidad permanente ya pueden solicitar la Renta Valenciana de Inclusión (RVI) en caso de cumplir los requisitos de acceso. Así consta en el acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación entre la Administración General del Estado y la Generalitat, publicado ayer en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV). Y es que la existencia de dos ayudas para un mismo fin (la Renta Valenciana de Inclusión y el Ingreso Mínimo Vital) ha obligado a las administraciones a llegar a un acuerdo en las prestaciones para evitar duplicidades y para que aquellas personas que reciban prestaciones no contributivas de invalidez, jubilación e incapacidad permanente también puedan recibir la ayuda de la RVI.

Por tanto, el Decreto Ley sirve para que la RVI «pueda complementar los importes del Ingreso Mínimo Vital y para que algunas de las ayudas que presta la Seguridad Social no sean excluyentes de la prestación autonómica».

Para ello, podrán intercambiarse datos entre administraciones, siempre que el usuario de su consentimiento expreso.