Los tribunales superiores de Baleares y Cataluña consideran justificado mantener el toque de queda o limitar las reuniones por la situación sanitaria, no así el del País Vasco, el único hasta ayer que estimaba que el ordenamiento jurídico no permite a las autonomías acordar estas medidas fuera del estado de alarma.

Los autos que avalan las restricciones consideran que estas medidas sanitarias suponen una limitación y no una suspensión de los derechos fundamentales, y que están suficientemente justificadas por la situación epidemiológica.

A dos días del fin del estado de alarma, los gobiernos autonómicos buscaban el aval judicial para mantener alguna de las restricciones vigentes durante el estado de alarma -especialmente las que afectan a la movilidad- para mantener la transmisión del coronavirus a raya.

Pero como ya se intuía, en las pasadas 24 horas se dieron casos contradictorios con tribunales como los de Baleares que avaló las medidas como el toque de queda mientras que los jueces del País Vasco lo rechazaron. En Cataluña, la justicia también dio luz verde a la limitación de las reuniones sociales.

En cualquier caso, el Consejo de Ministros aprobó el pasado día 4 un decreto que prevé la posibilidad de recurrir ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo para que unifique criterio sobre las medidas que limiten o restrinjan derechos fundamentales.

El carrusel jurídico arrancó ayer en Baleares. La Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Baleares autorizó las medidas sanitarias acordadas por el Govern, en contra del criterio de la Fiscalía balear.

Por el contrario, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) no permitió mantener el toque de queda nocturno, los cierres perimetrales de Euskadi y de los municipios y la limitación del número de personas que pueden reunirse a partir de este domingo 9 de mayo.

Otras comunidades, como Cataluña, optaron por no solicitar un toque de queda en su propuesta al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) pero sí por otras restricciones que afectan a derechos fundamentales y que, por tanto, necesitan aval judicial.

En el caso de la Comunidad de Madrid, la Fiscalía solicitó al Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que ratifique las medidas sanitarias de restricción de la movilidad en cinco zonas básicas de salud acordadas por la Consejería de Sanidad.

Incidencia a la baja

Más allá del lío jurídico vivido ayer, los datos sobre contagios siguen marcando una tendencia al descenso, en concreto la incidencia acumulada bajó ayer de 200, una cifra que no se alcanzaba desde febrero. Se notificaron 8.186 nuevos contagios y 66 muertes.

Asímismo, Sanidad reportó un ligero descenso en ocupación de las UCI hasta el 21,8 %. Pese a esto cinco comunidades siguen bajo presión extrema en las unidades de críticos: Aragón (32 %), Cataluña (33 %), Madrid (42 %), País Vasco (36%) y La Rioja (33 %).

Además, a poco menos de 24 horas para el fin del estado de alarma hay cinco comunidades en riesgo extremo de transmisión (más de 250 casos de incidencia acumulada): Aragón , Cataluña, Madrid, Navarra y País Vasco.