El Juzgado de Instrucción número 18 de València, encargado del conocido como caso Imelsa, mantiene el procesamiento al expresidente de la Diputación y del PP de la provincia de Valencia Alfonso Rus por los zombies de Imelsa: existen "numerosas evidencias" de su participación en los presuntos contratos irregulares.

Así se desprende de un nuevo auto dictado por la jueza, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que se desestima el recurso interpuesto por Rus contra su procesamiento en las piezas B y F del caso Imelsa, en las que se ha investigado contrataciones presuntamente irregulares en las empresas públicas Imelsa y Ciegsa.

Rus recurrió en base a tres motivos principales: falta de motivación del auto; cierre precipitado de la instrucción; y otras motivaciones exculpatorias que, en opinión de la jueza, son "más propias del derecho de defensa en un juicio oral que tendentes a rebatir los elementos indiciarios del auto".

La magistrada desestima estos argumentos y reitera que el exgerente de Imelsa Marcos Benavent, autodenominado 'yonki del dinero', llevó a cabo las supuestas contrataciones irregulares "con el conocimiento y participación" de Rus, que fue quien le puso al frente de su cargo en la empresa pública.

La magistrada recuerda que, junto a las declaraciones de Benavent, existen "numerosas evidencias" de la presunta intervención de Rus, entre otras pone el ejemplo de archivos de audio que recogen conversaciones en las que intervienen, además de Rus y Benavent, otros procesados.

Y un ejemplo "clarificador" -agrega- es la contratación del futbolista del Club Olímpic de Xàtiva, Miguel Ángel Mullor, club de cuyo presidente era Rus y a quien presuntamente se le contrató para hacerle pago de las dos últimas temporadas que jugó.

Además, la jueza asevera que existen "evidencias documentales" en apoyo a estas manifestaciones, al igual que grabaciones que "evidencian" el control, que pese a no tener competencias en Ciegsa, ejercía Rus sobre las contrataciones que se llevaban a cabo.

Ni vulneración ni derecho

Por otro lado, en relación con la falta de motivación del auto, la jueza indica que se ciñe a lo recogido en la ley y "en modo alguno" puede alegarse vulneración del derecho de defensa o de la tutela judicial efectiva.

Por último, la jueza no ve justificada una mayor dilación del procedimiento: "Esta pieza separada se incoó en mayo de 2016. Desde esa fecha se han ido practicando diligencias de instrucción, hasta marzo de 2021, en que dando por finalizada la misma se dictó auto de procedimiento abreviado. Dado el tiempo transcurrido no parece que se haya producido un cierre precipitado de la instrucción", considera.