El Supremo avala limitar derechos sin estado de alarma si está justificado
España notifica 19 muertes más en una jornada ya sin autonomías en riesgo extremo

Una enfermera pone la vacuna de Pfizer a una mujer, ayer en Murcia. | EFE/MARCIAL GUILLÉN / r.e. madrid
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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo establece -en su respuesta al recurso del Gobierno de Canarias tras la no ratificación del cierre perimetral de las islas por alta incidencia de covid- que la Ley de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública de 1986 puede ofrecer cobertura a limitaciones puntuales de derechos de los ciudadanos, pero siempre que la Administración autonómica justifique razonablemente sus medidas.
Así lo destacó en una de las primeras respuestas que dio a conocer este viernes y que estrenaban el nuevo recurso de casación creado por el Gobierno respecto a las medidas que pueden adoptar los diferentes territorios una vez se levantó el estado de alarma el pasado día 9. En otras resoluciones, referidas al cierre perimetral de Montefrío (Granada), el alto tribunal evitó pronunciarse amparándose en una decisión «improcedente de la Junta de Andalucía, por publicar en el Boletín Oficial nuevas órdenes tras no ser ratificadas por el Tribunal Superior de Justicia las primeras en las que dejaba sin efecto el confinamiento.
Sobre lo que el Tribunal Supremo no se pronuncia expresamente en ninguna de las cuatro resoluciones conocidas hasta el momento es sobre el establecimiento de límites generales a estas medidas, más allá de ratificar como «razonable» la valoración realizada por el TSJ Canario que rechazó el cierre perimetral de un territorio tan amplio como es una isla. Tampoco hay un pronunciamiento sobre un eventual ‘plan b’ o necesidad de una ley orgánica que preste seguridad jurídica a las restricciones que puedan realizarse en el futuro, una cuestión que no ha sido planteada en estos términos en el debate jurídico.
Respecto a Canarias, el alto tribunal señala la decisión del TSJ canario se ajusta a los parámetros de ratificación de una decisión de estas características, pues se comprobó «razonadamente la insuficiencia de la motivación ofrecida para justificar la limitación y la inconsistencia de la medida con las excepciones previstas».
Sigue la mejora en los datos
Más allá de restricciones, la bajada de la incidencia -que en el conjunto de España se coloca en 135,77- en el País Vasco a 225,4 casos por cada 100.000 habitantes sitúa ya a todas las autonomías fuera de riesgo extremo de transmisión de covid (por encima de los 250 contagios), según el Ministerio de Sanidad, que notificó ayer el fallecimiento de 19 personas por coronavirus en España, otro mínimo de muertes en 24 horas desde el verano. Además, Sanidad reportó 4.792 nuevos positivos -2.504 de ellos en 24 horas-, mientras la ocupación en las ucis siguió en descenso y cerró la semana en el 16,8%.
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