Muchas han sido las voces —entre instituciones sanitarias y sociedades científicas— que han alertado sobre la falta de estudios con rigor que avalen el uso del ozono en pacientes de covid-19. A ellas se ha unido ahora el Ministerio de Sanidad que rechaza directamente el uso en humanos de esta terapia «fuera de ensayos clínicos» adecuadamente diseñados.

Es la principal conclusión del informe emitido por la Agencia de Evaluación de Tecnologías Sanitarias del Instituto de Salud Carlos III (dependiente del Ministerio de Sanidad) y que da una «respuesta rápida» a si es eficaz y segura la ozonoterapia en el tratamiento de la covid-19 grave. Los expertos del ISCIII concluyen que este tratamiento no debe ser utilizado porque los estudios publicados, unos 363, «carecen de rigor metodológico para concluir ningún tipo de beneficio médico» y tampoco aportan «información científica fiable y rigurosa» sobre los posibles efectos secundarios.

El informe llega en medio de la polémica de si es beneficiosa y segura esta terapia después de que un paciente grave de covid-19 ingresado en la UCI del Hospital La Plana la esté recibiendo gracias al aval de un juzgado, que autorizó a un equipo externo a aplicarla en «uso compasivo» después de que así lo pidiera la familia. Los allegados del vecino de Borriana recurrieron a la justicia al recibir el no de los profesionales del hospital, que alegaban que la terapia no estaba probada ni autorizada por la Agencia Española del Medicamento, Aemps.

Desde la Conselleria de Sanidad anunciaron ayer que estudiaban emprender medidas legales contra la familia por asegurar «de forma pública» y ante el juzgado que los profesionales de La Plana estaban «obstaculizando» el trabajo del eqiuipo externo que se ha trasladado hasta Vila-real para dar el tratamiento. La consellera Ana Barceló criticó que se pusiera en duda la «gran profesionalidad del equipo». Por otra parte, fuentes de la conselleria hicieron público un informe de la Aemps, solicitado por el gerente de La Plana y que concluye que ni siquiera como «uso compasivo» sería de aplicación esta terapia. «No se cumple con la definición de uso compasivo que haría autorizable una solicitud en el caso de que fuera recibida en la Aemps a través de los cauces establecidos», ratifica la agencia, que no ve evidencias de la eficacia y, sin embargo, echa en falta «ensayos clínicos en marcha que respalden la utilización de este tratamiento».