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La futura ley prevé ofertas de empleo cada año en las empresas públicas

Las convocatorias incluirán plazas vacantes u ocupadas de forma temporal y la selección de personal se hará por oposición o concurso

Vicent Soler

La futura ley del Sector Público de la Generalitat recoge la obligación de que las distintas entidades y empresas públicas convoquen anualmente ofertas de empleo público para cubrir las necesidades de personal. El texto, que ya tiene ultimado la Conselleria de Hacienda, prevé que estas ofertas sirvan para cubrir puestos vacantes o que están ocupados por personal laboral indefinido no fijo declarado por sentencia o por personal temporal. La convocatoria de oposiciones en el sector público ya se contempló en los acuerdos que el departamento que dirige Vicent Soler ha ido alcanzando en la mesa de diálogo del Sector Público con los sindicatos, pero el objetivo es que alcance rango de ley.

Las ofertas, junto con la regulación de las bolsas de empleo temporal, conforman la clave de bóveda para evitar que, como ocurrió en el pasado, las empresas, consorcios, organismos y fundaciones de la Generalitat se conviertan en un coladero de trabajadores y trabajadoras que ingresan en esta pata de la administración sin un procedimiento reglado de selección que respete los principios de igualdad y publicidad.

En ausencia de una nueva ley (Hacienda intentó un primer borrador en los inicios del primer Botànic), desde el área del Sector Público se han dado pasos para tratar de poner orden en el caos.

El grueso de entidades carecía al inicio del mandato del Botànic de relaciones de puestos de trabajo, es decir, de una relación detallada de cada una de las plazas con sus características concretas: nivel retributivo, funciones, etc. Esta información es básica para poder convocar las ofertas. La nueva ley define la relación de puestos de trabajo como el instrumento técnico de organización de los entes.

Seis años después del cambio de Gobierno, los entes han publicado ya sus listados de puestos, pero después de un largo proceso. Las reticencias internas han sido la tónica ya que desde los entes se ha obstaculizado este ejercicio de transparencia, muchas veces para sortear el malestar y temor en un plantilla con una tasa muy elevada de temporalidad.

Más de la mitad del personal es temporal

Un reciente informe elaborado por la Intervención de la Generalitat reveló que más de la mitad del personal con nómina en el sector público instrumental, en concreto, un 54 %, es temporal. Así, a fecha de 2019, el total de 41 entes da trabajo a 16.298 personas. De ellos, 9.685 son temporales. Las ofertas, que requieren el visto bueno de Hacienda, deben aprobarse en un plazo de seis meses desde la publicación de la ley de presupuestos.

Tal como informó este diario, el registro de personal es otra de las novedades que incorpora la ley y que permitirá el control de las plantillas. Se trata de un registro informático donde figure inscrito todo el personal y todos los puestos. La información será accesible para la Intervención General de la Generalitat.

Respecto a la selección del personal laboral fijo, el texto recoge sistemas de oposición, concurso o concurso-oposición en los términos previstos en la ley de la Función Pública. En todo caso, se establece que «la selección de personal necesariamente se realizará a través de pruebas selectivas o mediante un sistema mixto en el que una vez superadas estas, se valoren los méritos aportados».

Además, se abre la puerta a que la conselleria competente en materia de sector público pueda establecer criterios comunes de aplicación para la elaboración de protocolos comunes de selección para todos los entes.

La ley es también muy rigurosa respecto a los órganos técnicos de selección. Veta para ser tribunal al personal de designación política, el personal funcionario interino, el laboral no fijo y el eventual. También personas que hayan ejercicio actividad de preparación de aspirantes.

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