La Audiencia Provincial ha fallado hoy a favor de Carmen Débora, la anciana de 87 años desahuciada sin avisar y cuando no estaba en casa en el barrio de Patraix, en València. El desahucio se ejecutó “de manera provisional” (según el primer fallo), ya que todavía faltaba un recurso pendiente de celebrarse y por tanto no había sentencia firme. Este miércoles el juzgado ha sentenciado que no hay razón para que se rompiera el contrato de arrendamiento, y por tanto Carmen debe volver a su casa y abre la vía a posibles indemnizaciones por los daños ocasionados. 

En la sentencia se explica que, en contra del primer fallo, no había razón que indicara que el piso de Débora estuviera en condiciones insalubres, motivo por el cual el arrendador la denunció. Además, se pronuncia sobre la presencia de perros en la vivienda, que según el arrendador, suponía una ruptura del contrato de alquiler y motivo de desalojo. En contra de esto, la audiencia provincial estima que este motivo no tiene amparo legal según la Ley de Arrendamientos Urbanos. 

El fallo repone a Carmen su vivienda, de la que fue desalojada sin avisar y cuando no estaba en casa. El desahucio se produjo en abierto, un proceso por el cual la comisión judicial se niega a firmar el acta de suspensión del lanzamiento en la fecha marcada para poder presentarse días después sin previo aviso y cambiar el cerrojo de la persona afectada. Fue lo que le ocurrió a Carmen, a pesar de que la presión de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) consiguió parar su desahucio, la comisión judicial no se presentó para cerrar el acta y la desalojaron 5 días después cuando no estaba en la vivienda. Este proceso ha sido criticado por abogados expertos en vivienda y activistas, que consideran que va en contra de la Ley de Enjuiciamiento Civil, además de dejar en una enorme indefensión a la persona afectada.

Pese al fallo favorable la hija de Carmen cuenta que no va a poder volver por todos los daños en la vivienda y en las pertenencias personales de Débora. “Ahora mismo el piso está hecho polvo, mi madre no va a poder volver ahí en algún tiempo porque no está en condiciones”, explica. Además, tal y como contó Débora, muchos de sus muebles antiguos acabaron rotos al sacarlos de la vivienda, con lo que parte de ellos han quedado inservibles. “Por una parte estamos contentas, pero por otra es una barbaridad todo lo que le han hecho pasar a mi madre”, denuncia Messeguer. 

Posibles indemnizaciones

Antonia Escudero, abogada de la causa, explica que “ahora las consecuencias son varias: a esta señora la van a tener que indemnizar por todos los daños ocasionados, tanto en sus objetos personales como a nivel psicológico y está en su derecho reclamarlos. Primero, devolviéndole la vivienda porque está en pie y la sentencia dice que no se ha rescindido el contrato, y segundo, por todo lo que le han ocasionado tras pasar por esta situación tanto a nivel económico como emocional”. 

En la sentencia el juez cita el acta de reconocimiento judicial de septiembre de 2020, en la que, tras visitar la vivienda "resulta no haber problema alguno de salubridad y no apreciarse la existencia de animales, siquiera -según se escribe- indicio alguno de tales animales, tampoco olor vinculado a animales y sí olor a humedades (de la que se hace constatar muestras de su realidad) y por falta de ventilación". El fallo, además de revocar la primera sentencia, impone el pago de las costas al demandante.

Por el momento, cabe todavía un recurso de casación por parte del propietario, pero según explica la abogada de la causa, las posibilidades de que se acepte son pocas.