El vicepresidente segundo y conseller de Vivienda, Héctor Illueca, aseguró ayer que las entidades financieras «tienen la obligación de inscribir todos los inmuebles en desuso en el Registro de Viviendas Deshabitadas de la Generalitat». Así lo declaró en la presentación del portal web del registro previsto en el decreto del Consell para la movilización de viviendas vacías.

El pasado 1 de octubre, el Consell aprobó un decreto para movilizar viviendas deshabitadas que desarrolla las previsiones de la ley por la Función Social de la Vivienda, aprobada la pasada legislatura, relativas a la intervención de la administración sobre viviendas vacías y el fomento del alquiler de las casas en desuso. Durante su aprobación, el Tribunal Constitucional tumbó el artículo de la ley que permitía la expropiación de inmuebles vacíos a grandes tenedores, por lo que la administración recurrió a sanciones y fomento del alquiler para adelgazar el parque de pisos vacíos y ponerlo en el mercado. La norma está «orientada a movilizar las casi 20.000 viviendas en desuso que se encuentran en manos de las entidades financieras en la Comunitat Valenciana», destacó Illueca, que añadió que «las viviendas son para vivir, no para especular».

Para que una vivienda sea considerada como «deshabitada» por conselleria, esta debe ser propiedad de un gran tenedor (más de 10 inmuebles) «y no ser destinada al uso residencial previsto o permanecer desocupada durante un tiempo superior a un año sin que concurra causa justificada», según reza el decreto. Este plazo de un año empieza desde que se otorgó la autorización como vivienda o desde el último día que alguien vivió en la casa.

Además, el nuevo reglamento aprobado en octubre modifica y multiplica la cuantía de las posibles sanciones previstas en la ley. En la pasada legislatura las multas variaban de los 600 a 30.000 euros en casos graves o muy graves, mientras que ahora las cantidades oscilarán desde los 10.000 a 350.000 euros en el caso de las sanciones graves, y de 350.000 a 950.000 para las muy graves.

El conseller de Vivienda explicó que el registro permite desarrollar dos grandes actuaciones. Primero «inventariar la cantidad de vivienda vacía en la C. Valencianay luego que podamos poseer de información muy valiosa para planificar las políticas de vivienda de la Generalitat», además de «las inspecciones que desarrollaremos para que la norma se cumpla». En esta línea, la directora general de Emergencia Habitacional, Pura Peris, explicó que se desarrollará «un plan de inspección para que haya garantías de que no va a ser arbitraria», mediante instrumentos como el Registro de la Propiedad o colaboraciones con otras entidades.

Para desarrollar todos los elementos presentados, Vivienda tiene un plazo que acaba en marzo de 2022, aunque Peris matizó que la conselleria espera tener la aplicación móvil y el resto de actuaciones preparadas para su utilización ya en enero de 2022. Peris recordó que la ley de Función Social de la Vivienda ya ordenaba a grandes tenedores comunicar sus casas vacías, pero que lo hacían en un «totum revolutum», hasta el decreto del pasado mes de octubre «en el que se ha clarificado todo».

La directora general recordó que solo los grandes propietarios (más de 10 viviendas) están obligados a comunicar sus inmuebles vacíos, pero que «si un pequeño propietario tiene dificultades para alquilar 4 viviendas también puede apuntarse a las Xarxa Lloga’m o a la red Habita de la Generalitat».

Xarxa Lloga’m y bolsa Habita

Así, el decreto de Vivienda también incluye la creación de la Xarxa Lloga’m como «red de intermediación y fomento del alquiler» y la regulación de un programa de alquiler solidario para la rehabilitación de viviendas no habitadas que serán cedidas a la Generalitat para movilizarlas y dar cumplimiento a la función social de la vivienda.

Por otro lado, se creará la bolsa Habita que pondrá a disposición viviendas para personas o familias en situación de emergencia residencial mediante la cesión de uso de los inmuebles a la conselleria de Vivienda.