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Condenan a Sanidad a compensar a trabajadores de La Fe por retirar el pago extra a los jefes de guardia

Los juzgados anulan la norma interna que modificaba la organización de las guardias

Puerta de Urgencias del Hospital La Fe de València. Francisco Calabuig

Dos juzgados de València han condenado a la Conselleria de Sanidad a pagar a dos trabajadores el extra que deberían haber recibido por hacer de jefes de guardia desde 2017, más los atrasos, después de que los magistrados hayan anulado la orden interna que se dictó en su día para dejar de compensar por estos servicios que hasta ese momento se pagaban con media guardia más.

Así lo ha dado a conocer esta mañana el portavoz de Sanidad del PP en les Corts, José Juan Zaplana. Según Zaplana, y queda recogido en sendas sentencias del juzgado de lo contencioso administrativo 8 y 10 de València, en 2017 la entonces gerente del Hospital la Fe de Valencia, Mónica Alminaña, retiró el complemento que recibían estos médicos al cambiar la organización y pasar de cuatro jefes por cada guardia a uno más tres coordinadores clínicos con, en principio, un menor nivel de responsabilidad y , por tanto, sin necesidad de que fueran compensados con ese extra.

Según las sentencias, la instrucción interna que así lo establecía debe ser anulada ya que estaba modificando una norma legal superior y, además, las funciones de estos coordinadores "son idénticas" a las de los jefes de guardia, de ahí que se estime la petición y se resuelva que los trabajadores deben recibir el dinero que no han cobrado por hacer de jefes de guardia desde 2017, los atrasos y que se les pague "la media guardia adicional" a partir de ahora.

 

"Estas sentencias abren la puerta a muchas más, y al final lo que subyace es un empeño en ir contra el personal médico y quitarles derechos”, ha señalado el diputado. José Juan Zaplana ha manifestado que con el Gobierno tripartito “se suceden las sentencias por el mal trato dado al personal sanitario” y ha recordado que en las últimas semanas se han conocido hasta cuatro condenas con indemnizaciones de más de tres millones de euros pero, en este caso, por la falta de material de protección para los trabajadores en los primeros compases de la pandemia.

Ambas resoluciones pueden ser recurridas en apelación.

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