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La Fiscalía concluye que Coll y Vives no se prevalieron de su cargo de alcalde para vacunarse contra el covid

El acusador público sostiene que a los regidores se les llamó desde del centro de salud de El Verger para evitar que se perdieran dosis que sobraban y plantea el archivo del caso para ellos

Ximo Coll y Carolina Vives a su salida de los juzgados de Dénia el pasado noviembre tras declarar por su vacunación.

La alcaldesa de Els Poblets, Carolina Vives, y su marido y hasta hace unas semanas regidor de El Verger, Ximo Coll, no se prevalieron de su cargo para vacunarse contra el covid cuando no les correspondía. Es la conclusión a la que ha llegado el fiscal Pablo Romero que en un escrito remitido a la magistrada de Dénia que investiga estos hechos plantea que se acuerde el archivo de las actuaciones para los políticos socialistas "al no existir indicios suficientes y bastantes que permitan inferir la comisión de ningún tipo de infracción penal".

Las diligencias practicadas han llevado al acusador público a concluir que a los dos munícipes se les llamó desde el centro de salud de El Verger para administrarles la primera dosis y aprovechar así unos viales que habían sobrado al término de una mañana de vacunación. Además de la pareja, fueron llamadas e inmunizadas otras personas entre las que había miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad cuya vacunación no se consideró que hubiera que investigarse salvo en un caso, al parecer vinculado a personal sanitario del centro, sobre el que se solicita que sean practicadas una serie de diligencias, "como la declaración de algún testigo y que se recabe informe sobre ciertos datos relacionados con tal proceso de vacunación".

El fiscal sostiene que "de lo actuado se infiere que, por un error en la manipulación y preparación de las dosis, sumado también a las bajas de última hora de personas que inicialmente se encontraban en la lista elaborada desde la Conselleria de Sanidad, sobraron varios viales ante lo que las personas responsables de coordinar el proceso de vacunación optaron por ofrecer y aplicar las vacunas a pacientes que se encontraban en la sala de espera y a personas que consideraron como trabajadores esenciales de los municipios de El Vergel y Els Poblets, lo que hicieron al no disponer en esos momentos de instrucciones específicas sobre esta cuestión y estando convencidas de que tenía la conformidad de la coordinación de enfermería del Hospital de Dénia".

Dado el resultado de la instrucción entiende la Fiscalía que en estos casos "no concurren evidencias suficientes de las que puedan inferirse los elementos que determinan el tipo penal indicado (cohecho pasivo) por cuanto que Carolina Vives y Joaquín Coll se limitaron a presentarse en el centros de salud de El Vergel a requerimiento de las profesionales médicas que dirigían el proceso de vacunación". El Ministerio Público sostiene que "a ambos se les explicó el motivo de la llamada y que era necesario que se les vacunara a fin de evitar que las dosis fueran desechadas. En esas condiciones no pudo existir por parte de los alcaldes implicados la aceptación de un regalo, sino la conformidad de recibir un tratamiento médico pautado y prescrito por las profesionales que coordinaban el proceso de vacunación, y sin que aquellos hicieran nada en particular para forzar o provocar su vacunación dado que ni se encontraban en el centro ni se ofrecieron para que se les vacunara, sino que acudieron tras ser llamados y recibieron la vacuna, ante lo que mostraron serias reticencias, como se desprende de las declaraciones practicadas".

Vives y Coll, quien dimitió como alcalde de El Verger el pasado día 9 tras haber perdido el apoyo el grupo municipal socialista, y los sanitarios citados como testigos declararon ante la magistrada María Luisa Calabuig, quien instruye el proceso por la supuesta inmunización irregular de los munícipes, que se llamó a los políticos para evitar se perdieran viales que habían sobrado.

Los sanitarios explicaron que a la pareja se le vacunó siguiendo un «criterio clínico», que se descongelaron más dosis de las precisas y que se les requirió porque se iban a perder. Y añadieron que fue el 15 de enero cuando se estableció claramente el protocolo sobre las vacunas sobrantes y que debía evitarse eso de llamar a última hora a alcaldes o concejales de Sanidad (lo que ocurrió con la edil de Dénia, la también socialista Cristina Morera, quien sí dimitió cuando trascendió su vacunación irregular) para que ellos buscaran a «voluntarios» para vacunarse.

Los dos políticos del PSPV fueron denunciados por la Fiscalía, al igual que el primer edil de La Nucía, el popular Bernabé Cano, por saltarse el calendario establecido en la campaña de vacunación prevaliéndose de su condición de alcaldes. Pero mientras a que Vives y a Coll se les administró la primera dosis de Pfizer hacia las 15 horas del 8 de enero cuando ya se había inmunizado a los citados para ese día y quedaban viales que iban a estropearse, Cano fue vacunado a primeras horas del día de Reyes en una residencia de mayores de su localidad, donde el acceso a toda persona ajena a la misma estaba prohibido, antes de que se hubiera hecho lo propio con todos los usuarios y el personal socio sanitario.

En este caso, la magistrada de La Vila en quien recayó la instrucción, Consuelo María Martínez, ha abierto procedimiento abreviado al ver indicios de cohecho y prevaricación en la actuación del también diputado provincial del PP. Una decisión que se encuentra recurrida ante la Audiencia por la defensa de Cano, el letrado Agustín Ribera. El fiscal pide para el político popular 12 años de inhabilitación, dos de suspensión de cargo público y nueve meses de prisión por los delitos de cohecho y prevaricación.

Coll y Vives llevan suspendidos de militancia desde que se tuvo conocimiento de su vacunación.

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