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El censo de víctimas del franquismo incluirá uno específico de bebés robados

El Consell desarrolla la ley de memoria histórica en la que garantiza el acceso a documentos eclesiásticos para que la persona conozca su origen

Trabajos de exhumación en búsqueda de una fosa con nueve represaliados en Enguera

Los casos de bebés robados durante el franquismo estarán incluidos dentro de los censos de víctimas. De hecho, tendrán un registro propio. Es una de las novedades del decreto de memoria democrática que ultima la Conselleria de Transparencia y Participación y que desarrolla la ley homónima de 2017 y que todavía tenía muchas de sus herramientas sin desplegar. Entre ellas, el censo de víctimas "de la guerra civil, la dictadura franquista y la transición" que contará con un listado propio para los menores sustraídos durante aquellos años.

Según figura en el texto elaborado por el departamento que dirige Rosa Pérez Garijo, "se confeccionará un censo de recién nacidos y menores sustraídos y donados en adopción sin autorización de los progenitores, durante la guerra civil y la dictadura franquista hasta la entrada en vigor de la Constitución de 1978".

En este registro se dará información no solo de estos niños, hoy ya superando en la mayoría de casos los 50 años, sino también de sus madres, "detenidas, encarceladas o represaliadas" en esos momentos así como la información relativa a su progenitor, hermanos y hermanas u otros familiares. El objetivo es conseguir "los datos necesarios para restablecer los vínculos familiares para el reencuentro de las personas afectadas" y con ello poder acceder a las medidas de reconocimiento y reparación previstas en la ley.

No solo eso. La norma autonómica "garantizará el acceso a los archivos públicos y eclesiásticos con relación a personas desaparecidas con ocasión de la guerra civil y el franquismo" así como también velará porque se cumpla "el derecho de toda persona a conocer sus orígenes así como el pleno acceso a los datos que conciernen a su propia vida, sea directamente mediante solicitud de las personas afectadas o por delegación fehaciente".

El texto también desgrana que las instituciones o congregaciones religiosas a las cuales se realizan las peticiones de acceso "tendrán que atender las solicitudes con prontitud y diligencia, sin que en ningún caso la resolución a la solicitud pueda superar el plazo de un mes".

El texto legal blinda que los objetos recuperados en las fosas se devuelvan a los familiares

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Esta obtención de datos para posterior contacto y reencuentro con familiares es uno de los puntos que también se incluyen en el resto de víctimas del censo de este periodo de tiempo. Este, a diferencia del de los menores sustraídos, será de carácter público, aunque permitirá que sea reservado en caso de que lo solicite un familiar directo de hasta tercer grado. Así, en cada víctima se señalará desde nombre, fecha y lugar de nacimiento hasta militancia y cargo que ocupaba en el caso de que la represión fuera por motivación política. También datos concretos como cuándo y dónde en el caso de detención, desaparición, asesinato o paso por un campo de concentración.

Pero, ¿quién decide quién cumple los requisitos para formar parte del censo? Según el decreto, será el Instituto Valenciano de Memoria Democrática, Derechos Humanos y Libertades Públicas "o, en su caso, la conselleria competente en materia de memoria democrática", en estos momentos, la que dirige la líder de EU, la que dictaminará si estima o no las propuestas. Estas propuestas pueden llegar por parte de ayuntamientos, familiares o asociaciones de víctimas que deberán acompañar su solicitud de "pruebas documentales".

El censo no es la única herramienta incluida en la ley que desarrolla el decreto. En este, se señala la creación del Fondo Documental de Memoria Democrática "cuya misión será la investigación histórica, la busca y el acceso de nuevas fuentes". Este contará con un Centro Virtual Documental de la Memoria Democrática Valenciana donde se recopilará en soporte digital los documentos de la memoria, con el fin de contribuir a la conservación de la información que contienen y facilitar al máximo su difusión a través de la web corporativa.

El decreto también prevé que se establezca el Plan Valenciano de Exhumaciones, en el que se determinarán cada año las actuaciones prioritarias relativas a la exhumación de las víctimas desaparecidas. Respecto a las exhumaciones, el decreto indica que serán las asociaciones memorialistas, familiares directos y ayuntamientos quienes podrán pedir al Consell investigar sobre una fosa para su posterior exhumación. También deja claro que se restituirán a los familiares que lo soliciten "los documentos, el dinero y los objetos de valor, material o afectivo, que se hayan encontrado y recuperado asociados a los restos" y hasta que no se reclamen será la conselleria la que los guarde.

LAS CLAVES

Incluir en el registro a las víctimas fallecidas fuera de la C. Valenciana

El decreto de la conselleria supondrá la creación de un censo de víctimas. En este también se incorporarán aquellas personas que hayan sufrido la represión fuera del territorio, por ejemplo, en campos de concentración como Mauthausen.


Un plan de exhumaciones que revise los objetivos prioritarios para cada año

Anualmente el Plan Valenciano de Exhumaciones deberá fijarse una serie de objetivos prioritarios. Serán en consonancia con el Mapa de Fosas que también se incluye en el decreto.


El Fondo Documental de Memoria buscará el acceso a «nuevas fuentes»

Otra de las entidades que se creará será el Fondo Documental de Memoria Democrática que tendrá como misión «la investigación histórica» así como la búsqueda y el acceso a nuevas fuentes. 

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