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La negociación de los interinos choca con la experiencia de los funcionarios fijos

El Gobierno aconseja excluir los méritos de antigüedad del funcionariado mientras la conselleria consulta cómo cumplir con sus «orientaciones»

Varias empleadas de la ciudad administrativa de la Generalitat acuden a sus puestos de trabajo. | GERMÁN CABALLERO

Las negociaciones para reducir la temporalidad del personal interino en la Administración autonómica se han topado con su primer escollo. El primer nudo gordiano que sobre cómo aplicar la ley estatal a las estructuras valencianas se refiere a los funcionarios fijos, aquellos que ya tienen plaza definitiva, y si evaluarles o no la experiencia acumulada en su puesto de trabajo en los méritos en caso de presentarse a una oposición.

El asunto tiene su intríngulis. Las dudas salen a partir de la resolución que envió la Secretaría de Estado de Función Pública a las autonomías en la que se daban «orientaciones» para la puesta en marcha de los procesos de estabilización del personal interino. En estas, indica que en la valoración de méritos profesionales la experiencia en el sector público solo se contaría a aquellos que han prestado servicios «como personal funcionario interino» o «como personal laboral temporal», pero sin mención al personal funcionario fijo.

Es decir, que para las plazas que se convoquen en un futuro, y a las que se podría presentar cualquier persona (también funcionarios con puesto estable que, por ejemplo, quisieran mejorar su categoría profesional), los puntos de experiencia solo contasen si se ha estado como interino y no como funcionario fijo.

La inclusión de esta limitación sería una forma de potenciar el objetivo de la ley aprobada por el Gobierno a finales de 2021: reducir la temporalidad en las Administraciones y que los interinos (que hoy ronda en torno a un 40 % del personal en varios sectores de la Generalitat) logren estabilizar su situación con plazas definitivas. No contar la experiencia del funcionariado fijo daría muchas más opciones a los temporales ya que los primeros es probable que hayan acumulado más años y, por ende, más puntos.

Sin embargo, aplicar este problema podría acabar desencadenando la protesta y más que probable judicialización del proceso por parte del funcionariado con plaza fija al generar una discriminación entre los dos tipos de personal. También lo generaría otra de las posibilidades planteadas: dar más puntuación por un mismo puesto a la experiencia como interino que como fijo.

Temor a quedarse sin plaza

No obstante, dejar la puerta abierta a contar la experiencia de los funcionarios con plaza fija podría tener un efecto perverso sobre las futuras Ofertas Públicas de Empleo que plantee la Generalitat. El miedo es que en lugar de que las nuevas plazas queden cubiertas por personal temporal que estabilice su situación termine con nuevos puestos para el funcionariado que ya cuenta con una plaza fija, pero que consigue (legítimamente) una mejor categoría laboral.

De momento, la solución no está del todo clara. La Conselleria de Justicia ha elevado una consulta al Gobierno, autor de las recomendaciones y de la normativa estatal sobre la que las autonomías tendrán que adaptarse, en la que le pregunta sobre cómo puede interpretar este asunto, si las «orientaciones» conllevan su cumplimiento obligatorio y en el caso de que así sea si el asunto podría esquivar los tribunales. De la respuesta dependerán futuros avances.

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