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Medicamentos a domicilio para los municipios en riesgo de despoblación

El decreto ómnibus del Consell para dar respuesta a la crisis generada por la invasión de Ucrania incluye la dispensación de productos sanitarios bajo supervisión y asesoramiento farmacéutico en pequeñas localidades

Un farmacéutico organiza los medicamentos en una farmacia rural en Casas Altas. | FERNANDO BUSTAMANTE

Un servicio de ‘telemedicamento’ a domicilio para aquellos usuarios que lo soliciten siempre y cuando sean residentes de municipios «en riesgo de despoblamiento», que estén así reconocidos por la Generalitat. Esta es una de las modificaciones que incluye el decreto ley ómnibus del Consell de medidas urgentes en respuesta a la emergencia energética y económica, publicado el pasado viernes.

Aunque la prioridad de este enorme paquete de medidas es la de impulsar las energías renovables, el Gobierno valenciano ha aprovechado la ocasión para introducir modificaciones normativas a cuestiones que afectan a distintos ámbitos tanto económicos, sociales o incluso de la memoria histórica.

Dada la delicada situación que atraviesan las farmacias rurales de las zonas despobladas de la Comunitat, que se vio agravada por la pandemia, el Consell ha añadido dentro de la Ley 6/1998 de Ordenación Farmacéutica la posibilidad de, «con carácter excepcional», dispensar los medicamentos y productos sanitarios con entrega informada de los mismos en su domicilio a las personas usuarias que residan en municipios en riesgo de despoblación reconocidos como tales por la Generalitat.

Esta dispensación deberá estar garantizada con la intervención directa del farmacéutico de la oficina de farmacia que corresponda a la zona «para realizar el preceptivo y previo asesoramiento personalizado», según establece la normativa. De hecho, se aclara que será responsabilidad directa del farmacéutico dispensador tanto el transporte como la entrega del medicamento, «asegurando que no sufre ninguna alteración ni merma de su calidad y seguridad».

El Muy Ilustre Colegio Oficial de Farmacéuticos (Micof) ya alertaba hace unos meses de que se requerían medidas para garantizar una atención sanitaria integral en núcleos poblacionales amenazados por el despoblamiento, ya que «el continuo descenso de los precios y márgenes de los medicamentos ha llevado a las farmacias rurales a una situación crítica de inviabilidad económica».

Mejora de la cadena alimentaria

El Consell trata de dar una respuesta a esta demanda, pero centrada en el usuario, con este nuevo servicio de medicamentos a domicilio. Además de las farmacias rurales, la provincia de Valencia cuenta actualmente con 23 boticas de Viabilidad Económica Comprometida (VEC), aunque éstas solo realizan una labor sanitaria esencial.

Otra novedad importante del decreto ley de la Generalitat es la creación de la Agencia Valenciana de Información y Control Alimentarios. Entidad pública que tiene como objetivo «la ejecución de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria de la Comunitat Valenciana, siguiendo las directrices de la política general del Consell».

Entre sus funciones está la de impulsar las relaciones entre el productor agrario, la industria de transformación y la distribución, «para fortalecer la cadena de valor alimentaria, con especial atención a la fase de producción», especifica la normativa. También busca fomentar la transparencia de mercado en la cadena alimentaria y mejorar los procesos de comercialización, con la promoción de la contratación de productos agrarios en origen y de tablas de precios, tanto a nivel individual como colectivo. El Observatorio supervisara los costes de producción en la Comunitat Valenciana y se va a «impulsar la innovación organizativa en la cadena alimentaria para adaptarla a las tecnologías emergentes y a las evolución en las demandas del consumidor».

Esta agencia valenciana de control de la cadena alimentaria también será la encargada de hacer las comprobaciones que correspondan tras las denuncias de cualquier otra administración por incumplimiento de las leyes establecidas en esta materia, en el ámbito de las competencias asignadas a las comunidades autónomas, e iniciar de oficio el procedimiento sancionador que corresponda.

Ampliación de vivienda pública

Por otra parte, en el marco de la ampliación de vivienda pública, el Consell se atribuye los derechos de adquisición preferente mediante derecho de tanteo y retracto. Así, las citadas viviendas y edificios adquiridos mediante los mismos se destinarán a personas en situación de vulnerabilidad.

Con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la covid-19, la Generalitat también declara como infraestructuras de interés general los hospitales de campaña, como el instalado junto al Hospital La Fe, «infraestructuras destinadas a atender las necesidades de carácter humanitario, solidario, social, educativo o sanitario».

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