Tribunales
Las dos versiones del caso Oltra
Las denuncias presentadas por la extrema derecha por la gestión del caso de los abusos de un monitor, exmarido de Mónica Oltra, a una menor tutelada han derivado en la investigación por el TSJ y la Fiscalía Superior a la vicepresidenta y consellera de Igualdad que declarará el 6 de julio como imputada

Mónica Oltra muestra los tuits que le ha "dedicado" el líder de la extrema derecha de España 2000 y uno de los denunciantes del caso. / Francisco Calabuig
La vicepresidenta y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas Mónica Oltra declarará el 6 de julio como investigada ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) por el tratamiento que recibió la menor tutelada por la Generalitat que sufrió abusos de un monitor del centro de menores, marido de Oltra en el momento de los hechos. Una causa judicial que se inició en el Juzgado de Instrucción 15 tras la denuncia de la joven que sufrió los abusos, representada por el abogado y líder de España 2000 José Luis Roberto, y de la Asociación Gobiérnate, que representa Pablo Delgado, abogado de Francisco Camps en sus últimas causas judiciales, además del partido Vox.
Oltra solicitó el 5 de junio el archivo de la inminente investigación contra ella. “No existen indicios objetivos de criminalidad que justifiquen la apertura de un proceso penal", alegó en el primer recurso que pudo presentar en esta investigación tras personarse en la causa el 19 de mayo. El TSJ confirmó el 16 de junio la apertura de diligencias contra ella, aunque anteriormente había archivado otra denuncia que presentó Gobiérnate y que se acumuló a la investigación que mantenía abierta el Juzgado de Instrucción 15 tras la demanda presentada por la menor que sufrió los abusos.
En su alegato del 5 de junio, la defensa de Oltra alegaba que la exposición razonada del titular del Juzgado de Instrucción 15 para que fuera investigada por el TSJCV “no plantea ni razona por qué los indicios y juicios de valor que considera concurrentes o imputables a la señora Oltra, puedan ser típicos [constitutivos de delito] (…) No se concretan qué hechos han sido cometidos por la vicepresidenta y consellera, ni cuál es la ilicitud de los mismos, ni tampoco a qué supuestos de hecho tipificados penalmente se corresponden".
Unas dudas a las que ya había respondido la Fiscalía Superior de la Comunitat Valenciana en un escrito fechado el 1 de junio pero que no se notificó a las partes hasta el 9 de junio. La Fiscal Superior detallaba los indicios de la comisión de tres presuntos delitos cometidos supuestamente por la vicepresidenta y los otros trece investigados, funcionarios y trabajadores del Instituto Espill y el Centro de Atención de Menores Niño Jesús donde vivía la menor tutelada por la Generalitat y el monitor condenado por abusos. Argumentos que el TSJ, en su última resolución del 16 de junio, aceptan aunque los tres magistrados matizaban que es "cierto que no existe prueba directa que vincule esos singulares trámites con la aforada (Mónica Oltra), pero sí que concurren unos indicios plurales, que en principio hacen pensar que fueron orquestados precisamente con el fin (...) de beneficiar la situación procesal del marido de la señora Oltra, o bien sencillamente tratar de proteger la carrera política de ésta". A continuación, Levante-EMV reproduce los argumentos esgrimidos hasta ahora por la Fiscalía Superior, el Juzgado de Instrucción 15, el TSJCV y la vicepresidenta Mónica Oltra.
PREVARICACIÓN
Indicios que apunta la Fiscalía Superior de la C. Valenciana
Para la Fiscalía Superior, el delito de prevaricación únicamente sería imputable a Mónica Oltra “habida cuenta que a lo largo de la exposición razonada [de Instrucción 15] se advierte que se siguió en la Consellería de Igualdad una idea directriz de ocultar los hechos y, cuando salieron a la luz, la finalidad de desacreditar a la víctima y desvirtuar su testimonio, negando su credibilidad”. Una “idea directriz” que, a juicio de la Fiscal Superior, “supuso, indiciariamente, una orden verbal de Oltra, superior jerárquica de todos los funcionarios investigados y dirigida a los mismos en el sentido de que actuasen incoando una información paralela a la judicial con objeto de desvirtuar la credibilidad de la menor”. El Ministerio Público no encuentra otra explicación al “comportamiento de los mismos, ocultando y desacreditando. Supone un plan preestablecido. Es evidente que esta orden no fue escrita, dada su flagrante ilegalidad, sino verbal. Y fuerte indicio de que dicha orden fue emitida por la aforada es que todos los que intervinieron en los hechos mantuvieron siempre —salvo la primera trabajadora social a la que comunicó los abusos al principio- la misma versión exculpatoria de la Conselleria de Igualdad”.
La respuesta de Mónica Oltra.
La vicepresidenta Mónica Oltra ya respondía a estas sospechas en su comparecencia en las Corts del 21 de abril de 2021, a la que siempre se remite cuando se le reclama concreción. “Nunca se me pasaría por la cabeza, ni a mí ni a nadie de mi equipo, dar ninguna consigna, ninguna indicación, ni hacer ninguna insinuación, en relación con su ejercicio profesional,a un trabajador o trabajadora de la administración pública ni con vinculaciones con la administración pública. Pero, diré más, tampoco lo habrían aceptado ni lo habrían tolerado. Quien afirma esto, en el mejor de los casos, desconoce la calidad profesional del colectivo al que descalifica. Y, cómo se ha insinuado que en este proceso se ha actuado a mi dictado”, la consellera alegaba que no pudo dar órdenes sobre unos hechos que se denunciaron la primera vez en febrero de 2017, de los que ella no se enteró, según ha mantenido siempre, hasta el 4 de agosto de 2017, por una citación judicial dirigida a su entonces marido que llegó a su casa en el verano de 2017.
ABANDONO DE MENORES
Indicios de la Fiscalía, el Juzgado de Instrucción 15 y el TSJCV
Un delito que la Fiscalía Superior considera imputable a la vicepresidenta Oltra y a los otros trece investigados. “El hecho de no denunciar los abusos ante la Policía, Fiscalía de Menores, Administración de Justicia, supuso un incumplimiento flagrante, arbitrario, sin justificación legal alguna y muy grave de los deberes de un tutor con su pupilo”. Una denuncia que tardó cuatro meses en presentarse (inicialmente desde el Centro Niño Jesús se contactó con agentes del Grupo de Menores (Grume) de la Policía, aunque la menor no quiso denunciar). Y que a juicio de la Fiscal Superior puso “en grave peligro la formación de la menor. La misma estaba en gravísima situación de riesgo, y con la actuación de la consellería y demás intervinientes, el riesgo no sólo se mantuvo sino que pudo agravarse con la reincorporación del educador investigado, cosa inadmisible en el organismo que tiene legalmente encomendada la tutela de la menor”.
“Nadie, absolutamente nadie -continúa la Fiscalía Superior en su escrito- denunció los abusos, atribuidos al marido de la Honorable señora Oltra, vicepresidenta del Consell y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas, jefa superior de todos los intervinientes en los hechos”. Tampoco “nadie se preocupó de proteger a la menor de dichos abusos, hasta el punto de que el educador autor material de los mismos fue repuesto en sus funciones”. El Ministerio Público concluye que “todos los funcionarios investigados participaron en ello: supieron de los abusos, pero ninguno denunció incumpliendo así su obligación legal de cuidarla, protegerla y proporcionarle asistencia [a la menor]. Estos incumplimientos fueron dolosos, voluntarios y sin base, justificación, móvil o pretexto” por lo que la Fiscal Superior achaca esta “manera de proceder” a “una decisión de ocultar los hechos y sin soporte razonable que los justifique”.
El “colofón” a esta actuación fue la “confección del expediente informativo con la finalidad de desvirtuar la versión de la menor”, abierto en agosto de 2017 y que la sentencia que condenó al monitor y exmarido de Oltra y el juez de Instrucción 15 consideran un expediente "parajudicial" e impulsado para desacreditar a la menor. Sobre este expediente se ha generado controversia sobre quién instó su apertura.
Frente a la falta de "prueba directa" contra Oltra los magistrados del TSJ y la Fiscalía Superior contraponen las "declaraciones publicas efectuadas por la señora Oltra, tanto en el seno de las Corts como ante los medios de comunicación, en los que se atribuye la orden de la incoación del expediente reservado (para investigar los abusos de su marido sobre la menor)" y que los magistrados consideran "indicios plurales". La vicepresidenta del Consell aseguró a los periodistas el 7 de marzo que "ese informe, el expediente, lo encargué yo, dejen a la gente en paz. Yo encargué el expediente informativo porque necesitaba saber qué había pasado, se lo dije a la Directora General y la Directora General dijo: “Oiga averígüese aquí que ha pasado".
La respuesta de Mónica Oltra.
Sobre la presunta directriz a los trabajadores y funcionarios que conocieron los hechos desde el primer momento, Oltra respondió en su escrito de defensa que “la responsabilidad penal es eminentemente personal y directa por las acciones y omisiones tipificadas por la ley como delitos. En el presente caso no aparece tal intervención directa y personal de dicha aforada [en referencia a Oltra], sino que se realiza una mera alegación de ser, en su condición de consellera, superior jerárquicamente de los funcionarios que tenían conocimiento de lo verbalizado por la niña”. La defensa de Oltra señala que la actuación de los funcionarios entre abril y junio de 2017 fue “atípica” pero que no hubo por su parte “ninguna intervención, ni siquiera conocimiento de los hechos”.
En su intervención en las Corts Oltra reveló que su exmarido trabajaba en el Centro Niño Jesús “desde 2010, aún faltaban cinco años para que yo fuera consellera de Igualdad”. “Pero diré más -continuó-. Por responsabilidad política y exigencia ética, al llegar a la conselleria comuniqué el hecho de que, quien era legalmente mi marido en ese momento, trabajaba en el centro Niño Jesús. Lo hice primero verbalmente y después por escrito en los siguientes términos: «Aunque es un simple asalariado, sin funciones directivas, de gerencia ni ejecutivas, entiendo que se impone un deber de abstención por mi parte de las decisiones que afectan a dicho centro, así como no intervenir en ningún asunto que tenga relación directa con ellos». Por tanto, rigor, transparencia, higiene profesional y ningún trato de favor”. Una afirmación que recogía el auto del TSJ del pasado jueves y que plantea una duda que Oltra deberá resolver el próximo 6 de julio. Si tanto en el centro de menores como en la Conselleria de Igualdad conocían de su parentesco y relación, ¿por qué nadie la avisó de los graves hechos de los que se acusaba a su entonces marido?
Sobre la convivencia de la menor y el monitor tras la denuncia de los abusos Oltra aseguró en su comparecencia en las Corts que “desde el momento en que el centro tiene conocimiento de la denuncia, en febrero de 2017, hasta el juicio, no vuelve a haber contacto”. La menor fue trasladada por orden de la Fiscalía a otro centro en agosto de 2017. Aunque la consellera de Igualdad señaló que su postura era que el trasladado debería haber sido el educador acusado de los abusos y no la menor. Y que el monitor fue finalmente despedido después de la segunda sentencia que lo condenó. “La conselleria vuelve a comunicar al centro la obligación de apartar al trabajador. Fue en ese momento cuando el centro privado, el único que puede hacerlo, procedió a su despido”, defendió la consellera de Igualdad.
Respecto al expediente “parajudicial” elaborado a partir de agosto de 2017, Oltra defendió en las Corts que «ni fue paralelo, ni parajudicial. La actuación de la conselleria se ampara en la ley 39/2015 del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Habríamos incumplido nuestra obligación si no hubiéramos incoado este expediente. Yesto no lo digo yo. Quien lo dice es el TSJ en el auto del 28 de febrero de 2020 que archiva la querella que el educador de Segorbe presentó contra mi y que dice literalmente: ‘Resulta lógico que, tras la denuncia de los hechos referidos, se incoe el correspondiente expediente administrativo y a continuación se ponga en conocimiento de la fiscalía provincial competente’. Y esto que dice el TSJ es, exactamente, señorías, lo que se hizo».
Y respecto a quién ordenó abrirlo y las dos versiones que ha ofrecido la vicepresidenta al respecto, la defensa de Oltra achacó en su escrito de defensa que su intervención del 7 de marzo se debió a "unas declaraciones claramente condicionadas por la sensación de injusticia e impotencia que sentía al pensar que esa imputación no era más que la instrumentalización penal que conllevaba poner en tela de juicio la profesionalidad de todas las funcionarias y funcionarios de la consellería que habían tenido intervención, así como de los distintos profesionales intervinientes". Los altos cargos investigados que han declarado hasta ahora siempre han defendido que "el citado expediente informativo fue aperturado a instancias de la directora general de Infancia y Adolescencia en una conversación que mantiene con la subdirectora general de Infancia el 8 de agosto de 2021", según recordaba la defensa de Oltra en su escrito.
OMISIÓN DEBER DE PERSEGUIR DELITOS
Qué dice la Fiscalía Superior
Se trata de un delito "indiciariamente imputable a Mónica Oltra y a los demás investigados". «Todos los intervinientes dejaron de cumplir a sabiendas su obligación, como encargados de la custodia y tutela de la menor, de poner en conocimiento de la Policía, Fiscalía de Menores, Administráción de Justicia los abusos manifestados por la joven, ocultando los mismos y manteniéndolos durante más de cuatro meses hasta que, por causas ajenas a la consellería la Policía (Grume) y la Fiscalía tuvieron conocimiento de tales presuntos abusos».
La respuesta de la vicepresidenta
Según explicó Mónica Oltra en las Corts el 21 de abril de 2021 "el único protocolo, entre comillas, que existía [en febrero de 2017] es una nota escrita por una psicóloga por la dirección territorial en relación a la forma de proceder respecto a la derivación de niños y niñas en el Institut Espill. Es un correo electrónico del 24 de junio de 2015. Yo todavía no era vicepresidenta. Hablamos, por tanto, de la manera de proceder anterior y que cambiará en 2017". El correo electrónico señalaba: «Si en las conclusiones del informe Espill se dice que es creíble la existencia de abusos por un adulto y se desprende de los hechos que podrían ser constitutivos de delito, pondremos en conocimiento de la fiscalía provincial con el modelo de oficio. Si el supuesto agresor es un menor con responsabilidad penal, aparte de ofrecerle tratamiento psicológico, se valorará si se comunica a la fiscalía de menores. Quizás habría que ver caso por caso».
"Y ya está, señorías -continuó Oltra-. Nada más que eso. No existía nada más. Un simple correo electrónico. Es decir, sólo si se consideraba que el relato tenía credibilidad, desde la dirección territorial se remitía el caso a la fiscalía. De lo contrario, no se hacía. Este era el protocolo que se seguía".
Sobre la actuación de los responsables del centro privado en el que estaba la menor, Oltra aseguró en las Corts: "¿En el centro Niño Jesús se activan los protocolos? Sí. ¿Informan en la dirección territorial de la conselleria? Sí. ¿Protegen a la denunciante? Sí. Apartan al educador de la adolescente. ¿Lo comunican a la fiscalía? No, porque de ese protocolo se deriva que no es necesario hacerlo".
Y sobre los informes iniciales que se realizan en el centro Niño Jesús la consellera relata que "hay informes elaborados por personal cualificado de la administración pública y del ámbito privado. Por la parte privada, existe un informe del mismo centro y otro de la psicóloga del Institut Espill. Ambos consideran que el relato de la joven es poco creíble. Por la parte pública, el informe de la la técnica de la dirección territorial, que coincide con las conclusiones anteriores". Finalmente en el juicio al monitor acusado de abusos "La fiscalía solicita una sentencia condenatoria. El tribunal dicta sentencia condenatoria". Al contrario que en el caso de Segorbe, donde los informes daban credibilidad al testimonio de la menor que denunciaba abusos, pero el monitor fue absuelto, según recordó la titular de Igualdad y Políticas Inclusivas.
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