El titular del Juzgado de Instrucción 4 de València, que investiga las presuntas irregularidades en las ayudas recibidas por los empresarios audiovisuales Francesc Puig y Juan Enrique Adell Bover tras una denuncia del Partido Popular, ha rechazado la declaración del director general de Política Lingüística, Ruben Trenzano, como solicitaba el PP. En el mismo auto, el magistrado también rechaza encargar a la Intervención General del Estado que realice un informe sobre los importes obtenidos en subvenciones por las empresas Comunicacions dels Ports SA y Mas Mut Produccions SL (administradas por Francesc Puig, hermano del presidente de la Generalitat, Ximo Puig) y Canal Maestrat SL, Nova CB y Kriol Produccions SL, administradas por Adell Bover, como solicitaba la acusación que ejerce el PP. El juez únicamente acepta la declaración como testigo de un jefe de servicio de la dirección general de Política Lingüística, el próximo mes de julio, que había solicitado la defensa de Francesc Puig y a la que se ha adherido el PP.

El magistrado acepta la declaración como testigo del funcionario de la Conselleria de Educación porque la considera "relevante y útil para el presente procedimiento". Sin embargo, respecto a la citación de Trenzano y la petición de los informes a la IGAE "no ocurre lo mismo". Sobre la posibilidad de citar al director general de Política Lingüística como investigado, el titular del Juzgado de Instrucción 4 considera que "no han variado las circunstancias por las que no se ha acordado su declaración". El PP reclamaba su citación porque aseguraba que "existe una intervención determinante del señor Trenzano en la comisión de los ilícitos". Argumento que el PP basaba en las declaraciones de Francesc Puig de que las subvenciones que recibió "no tuvieron ningún procedimiento de reintegro" por parte de la Generalitat que no le advirtió de los errores en la justificación de las ayudas. Frente a lo manifestado por Adell Bover, quien sí admitió que la Generalitat le reclamó siete procedimientos de reintegro. Declaraciones que llevan al PP a "deducir que el señor Trenzano estaría dando un trato privilegiado a las empresas de quien guarda un estrecho vínculo familiar con el más alto de sus superiores jerárquicos". Deducción que el titular del Juzgado de Instrucción 4 no acepta como válida, por lo que evita citar a Trenzano como investigado, porque "el derecho a utilizar los medios de prueba no faculta para exigir la admisión judicial de todas las [pruebas] que puedan proponer las partes" sino que corresponde a "los jueces y tribunales el examen sobre la legalidad y pertinencia de las pruebas".

Como argumento para rechazar la citación de Trenzano, el titular del Juzgado de Instrucción 4 de València también hace suyas las palabras de una sentencia de la sección segunda de la Audiencia Provincial de València en la que los magistrados señalaban: "Hay que tener en cuenta que la incoación de un proceso penal contra una persona determinada comporta siempre graves consecuencias. La imputación constituye de forma primaria una fuente de sometimiento al proceso y supone, o puede suponer, una afectación del principio de presunción de inocencia entendido como estándar que garantiza el estatuto de libertad de los ciudadanos. El juez de instrucción debe administrar de forma responsable y razonable las reglas de imputación, no sometiendo al proceso penal a ninguna persona si no hay causa para ello y no manteniendo dicho efecto de imputación (ahora investigado o investigada) si desaparecen las causas o razones que lo justificaron".

Por último, el PP deslizaba en su petición de diligencias de prueba que la consellera de Justicia Gabriela Bravo "como superior jerárquica pudiera querer intervenir en favor del señor Francesc Puig en la elaboración del informe" que debe realizar la Intervención de la Generalitat Valenciana (también la de Cataluña) sobre las ayudas a las empresas investigadas. E incluso apuntaban una presunta "falta de independencia" de la Intervención autonómica porque la Abogacía de la Generalitat "no se ha personado como acusación particular en este procedimiento". Una petición basada en un dato erróneo ya que la Intervención de la Generalitat depende de la Conselleria de Hacienda y no de la de Justicia.

Peticiones que el titular del Juzgado de Instrucción 4 deniega y a las que responde que "no se aprecia la necesidad de dicha prueba habida cuenta el informe pericial emitido por la Guardia Civil y que los querellados [Puig y Adell Bover] a la vista de dicho informe y su declaración manifestaron estar reuniendo documentación para justificar sus alegaciones por lo que una vez se aporte ya se valorará".