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El Tribunal de Cuentas y periciales decidirán cuánto defraudó la Gürtel en la pieza de contratos menores en la que se ha absuelto a Camps

La sala de la Audiencia Nacional que absolvió a Camps y 14 personas pero condenado a 11 también deriva a valoración económica calcular cuánto se desvió de los 1,8 millones adjudicados a las empresas de Francisco Correa

Los veintiséis acusados por el juicio de los contratos menores de la trama Gürtel resuelto con 15 absueltos y 11 condenados.

Los veintiséis acusados por el juicio de los contratos menores de la trama Gürtel resuelto con 15 absueltos y 11 condenados. / EFE/ZIPI Aragón

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València

Cuatro conselleries y cinco empresas públicas adjudicaron 1,8 millones en contratos menores (cada uno por debajo de los 12.000 euros) a las empresas de la trama Gürtel, pertenecientes al empresario Francisco Correa

Cinco de los seis miembros de la trama (Correa, Pablo Crespo, Álvaro Pérez «El Bigotes», Isabel Jordán y Mónica Magariños) confesaron haberse aprovechado de su cercanía a la Generalitat para obtener los contratos, además de hinchar facturas y falsificar documentos mercantiles.  Otros cinco responsables de empresas públicas o cargos de confianza de las cuatro conselleries admitieron haber colaborado en este amaño y haber favorecido a Orange Market, la sucursal valenciana de la trama Gürtel

La sección segunda de la sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a estos once acusados y absuelto a otros quince responsables, con el expresidente de la Generalitat, Francisco Camps, al frente de los declarados inocentes. Pero el tribunal se confiesa incapaz de dilucidar cuánto dinero de los 1,8 millones adjudicados a las empresas de la trama Gürtel se defraudó. 

«Existe un obstáculo para la pretendida cuantificación de los perjuicios solicitada por la Generalitat Valenciana, puesto que la cuantificación del perjuicio se hace harto difícil, cuando no se ha aportado a juicio un informe pericial que justifique realmente dicho perjuicio», señala la sentencia de la sección segunda de la sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en el fallo publicado el 29 de mayo.

Falta de pericial económica

Los tres magistrados recuerdan en su decisión que los peritos que comparecieron «se encargaron claramente de remarcar a la sala que no habían efectuado pericial económica alguna, reconociendo que en algunos expedientes la realización de las actividades fueron de máxima calidad, aunque en algunos casos con sobreprecios con arreglo a mercado, indicando como anécdota los premios que los organizadores obtuvieron en la feria de Fitur 2009». 

Debido a esta falta de periciales «no puede incluirse en las cuantías reclamadas todos los conceptos de las actividades realizadas, puesto que las mismas sí se realizaron, de manera que la determinación de los posibles sobrecostes respecto al mercado no puede hacerse a tanto alzado y de una manera genérica, sino que requiere de una pericia que no se ha realizado ni a lo largo de la instrucción del enjuiciamiento de esta causa», insisten los tres magistrados que han juzgado la última pieza valenciana de la trama Gürtel. «Se hace difícil, pues, determinar el alcance de esta cuantificación, con tan pobreza de datos aportados», se lamentan los magistrados en el fallo. 

De esta manera, para saber cuánto se pudo defraudar en esta pieza de los contratos menores se deberá acudir «a la ejecución de sentencia, las resoluciones contables que se aporten, los expedientes administrativos y las periciales que puedan determinar el montante de los perjuicios reales alcanzados (...) que eviten la doble cuantificación de conceptos». Además, también recuerdan que   «no son pocas las facturas que resultaron impagadas por la administración, y en otros casos, los servicios prestados no llegaron a producir perjuicio alguno a la misma».

Por ello, señalan, «debemos concluir que la determinación de dichas cantidades deberá efectuarse en la correspondiente ejecución de sentencia con participación de todos los condenados, de manera que puedan impugnar las oportunas valoraciones periciales que en su día se realicen».

El tribunal de la Audiencia Nacional también ha decidido trasladar al Tribunal de Cuentas la sentencia dictada (que no es firme y esta semana se sabrá si se recurre ante el Supremo) «a los efectos de la determinación de la responsabilidad contable por parte de los funcionarios públicos actuantes», los únicos a los que se les puede reclamar responsabilidad contable por parte del Tribunal de Cuentas. 

La Generalitat pretendía reclamar 896.989,83 euros en concepto de responsabilidad civil en el juicio por la pieza de los contratos menores de la Generalitat con la trama Gürtel, según comunicó al inicio del juicio el abogado contratado por concurso durante la etapa del Botànic para evitar nulidades respecto a la intervención inicial de la Abogacía de la Generalitat, cuando estalló la causa en 2009. Una cantidad que el letrado en representación de la Generalitat modificó en el el escrito de modificación de conclusiones provisionales al considerar que el «daño económico causado a la Generalitat» pasó de 835.623,82 euros a los 896.989,83 euros. Un incremento que el letrado justificó al «haber encontrado «otras contrataciones menores coetáneas a las investigadas» con el mismo «modus operandi irregular». No obstante, según la sentencia la Fiscalía Anticorrupción reclama como responsabilidad civil a 94.389,29 euros por los contratos realizados en Castellón Cultural SA y la Fundación La Luz de las Imágenes. Por lo que serán las periciales las que resuelvan estas diferencias de cantidades. 

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