La Audiencia de València mantiene en libertad a Eduardo Zaplana porque no ve riesgo de fuga
Los tres magistrados que le condenaron a diez años de cárcel, en una sentencia que aún no es firme, sí le imponen medidas cautelares: retirada del pasaporte, comparecencia mensual y prohibición de salir del territorio nacional hasta que se pronuncie el Supremo

Eduardo Zaplana accede a la Ciudad de la Justicia el 7 de noviembre para acceder a la vistilla sobre su futuro judicial. / Europa Press/Rober Solsona
La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia decidió ayer mantener en libertad provisional sin fianza al expresidente de la Generalitat, Eduardo Zaplana, hasta que el Tribunal Supremo resuelva los recursos contra la sentencia del caso Erial. Los tres magistrados que presidieron el juicio del caso Erial, Pedro Castellano (presidente de la sección cuarta y también de la Audiencia de València de forma accidental), Isabel Sifres y Cristina Badenes (ponente), rechazan así la petición del Fiscal Anticorrupción que ha investigado el caso, Pablo Ponce, que solicitó el ingreso en prisión de Zaplana por riesgo de fuga, tras ser condenado a diez años y cinco meses de cárcel.
De hecho, el representante del Ministerio Público citó como ejemplo el antecedente de José María Tabares, el directivo del IVEX (Instituto Valenciano de la Exportación) que fue condenado e investigado en los dos casos IVEX que explotaron durante la presidencia de la Generalitat de Eduardo Zaplana. En el primer caso IVEX la sección quinta de la Audiencia de València impuso cinco años de cárcel a Tabares por estafar seis millones al IVEX en una operación para producir derechos de compensación que permitieran a la factoría Ford exportar vehículos a Túnez. Tras esta condena, Tabares escapó a Japón en 2005. También se le investigó por el otro caso Ivex: la presunta malversación por los pagos en «B» y a través de paraísos fiscales de casi seis millones de euros al cantante Julio Iglesias por ejercer de embajador de la Comunitat Valenciana en 1998 y 1999.
A pesar de estos argumentos, el tribunal no aprecia riesgo de fuga de Zaplana porque «no ha llevado hasta ahora ningún acto tendente a eludir la acción de la Justicia, ha comparecido en todas las sesiones del juicio y respondido a cualquier llamamiento judicial». No obstante, los tres magistrados de la sección cuarta sí imponen al exministro de Trabajo con José María Aznar medidas cautelares como «la retirada de pasaporte, prohibición de salida del territorio nacional y comparecencia mensual en sede judicial», según acaba de informar el TSJCV.
En el auto de la sección cuarta, al que ha tenido acceso Levante-EMV, los tres magistrados admiten que «las penas a la que ha sido condenado Eduardo Andrés Julio Zaplana Hernández-Soro, son de gravedad suficiente como para poder entender justificada la petición que efectúa el Ministerio Fiscal de prisión provisional, comunicada y sin fianza del mismo, ante el riesgo de fuga que pudiera existir por no estar dispuesto el condenado a cumplir tales penas».
Sin embargo, señalan que «para acordar la medida de prisión provisional que se interesa, no solo habrá de estarse a las características y gravedad de los delitos por los que se le condena y la entidad de las penas que se le han impuesto, sino también a las circunstancias personales del condenado». Y en el caso concreto de Eduardo Zaplana los magistrados consideran que «goza de arraigo familiar, social e incluso médico en el territorio nacional, arraigo que hace difícil pensar en que vaya a abandonar el territorio nacional para evitar cumplir la pena que le han sido impuesta».
Y añaden que «su patrimonio en el extranjero y en territorio nacional (un total de 7.103.179,35 euros, aunque Zaplana niega que este dinero le pertenezca, ya que siempre ha defendido que «nunca» ha tenido dinero en el extranjero) ha sido ya intervenido mediante los comisos y las medidas cautelares reales adoptadas en esta causa y se encuentra a disposición de la justicia española, lo que también reduce sus capacidades económicas a la hora de planificar una salida del territorio nacional, que no consta en modo alguno que haya intentado», señalan los magistrados de la sección cuarta.
Cuatro aclaraciones de sentencia a la Audiencia y tres recursos ante el Tribunal Supremo
De las quince personas juzgadas en el caso Erial, tres procesados y el Fiscal Anticorrupción han pedido aclaración de sentencia y otras tres han anunciado que presentarán recurso de casación, según una diligencia de ordenación dictada por la letrada de la administración de justicia de la sección cuarta de la Audiencia de València, que juzgó el caso Erial. De los siete condenados y ocho absueltos, cuatro personas han solicitado aclaración de sentencia: Eduardo Zaplana (condenado a 10 años y cinco meses), el asesor fiscal de la trama Francisco Grau Jornet (condenado a 5 años) y el empresario Francisco Pérez López «El Gasofa» (condenado a un año y seis meses) han presentado a través de sus abogados otras tantas aclaraciones de sentencia sobre determinados aspectos que consideran confusos o que no se han atendido.
Esta petición deja en pausa los plazos para presentar recursos de casación ante el Tribunal Supremo. Y que ya han anunciado que presentarán Eduardo Zaplana, Francisco Grau y Francisco Pérez López «El Gasofa». Además, también ha presentado un escrito el empresario y peluquero de Aznar Pedro Romero Aguilar, absuelto en el caso Erial, al que la sección cuarta responderá cuando la sentencia sea declarada firme por el Tribunal Supremo. n
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