Tribunales

Un tsunami judicial

Una docena de denuncias penales y otras dos por la vía administrativa se han presentado ya por los fallos durante la gestión de la emergencia por la dana en Valencia. La Justicia ya ha dictado condenas en otras inundaciones que se saldaron con personas fallecidas

Efectos de la dana en el municipio de Alfafar

Efectos de la dana en el municipio de Alfafar / Europa Press

J. A. Martínez

València

Cuando están a punto de cumplirse tres semanas de la dana que el pasado 29 de octubre sumió en el caos a la provincia de Valencia, los tribunales empiezan a recibir las primeras denuncias por la gestión de la crisis por parte de las autoridades. La mayoría, cerca de una docena, por la vía penal; otras por la vía contencioso-administrativa (al menos tres) y dirigidas contra distintos escalafones de la Administración, lo que determinará a qué tribunal le corresponde.

La mayoría se encuentran ante el Tribunal Supremo donde hasta este fin de semana se había presentado un total de nueve denuncias y querellas contra miembros del Gobierno. Homicidio imprudente, omisión del deber de socorro, prevaricación omisiva son los delitos denunciados. Entre los querellados, se encuentran el presidente Pedro Sánchez; los ministros del Interior, Fernando Grande-Marlaska; Defensa, Margarita Robles; Transición Ecológica, Teresa Ribera; y Política Territorial, Ángel Víctor Torres. Muchas de estas denuncias proceden de organizaciones vinculadas a la extrema derecha y colectivos que también fueron muy activos judicialmente por la gestión de la pandemia. Entre los denunciantes se encuentran Vox, Manos Limpias, Iustitia Europa, la Asociación Europea de Ciudadanos contra la Corrupción, el Movimiento para la Regeneración de España y dos ciudadanos particulares. A su vez, Iustitia Europa también tiene presentada ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana otra querella contra el presidente de la Generalitat, Carlos Mazón, por su gestión de la crisis. De momento, es la única presentada contra el dirigente autonómico y sobre cuya admisión a trámite, al igual que en el caso de las denuncias en el Supremo, aún se tiene que pronunciar la sala.

Paralelamente, en la vía contencioso administrativa hay ya presentadas otras tres demandas (dos en el Supremo y otra en el TSJ) por la inactividad tanto del Gobierno como de la Generalitat en la gestión de la crisis. Expertos en Derecho consideran que esta vía es la más natural para que las reclamaciones por los daños prosperen. «Basta con acreditar que hubo un mal funcionamiento de la Administración para que haya responsabilidad patrimonial del Estado y tenga que indemnizar, mientras que en la vía penal es mucho más complicado», explicó a este diario Jordi Esteve, profesor de Derecho Administrativo de la Universidad de Alicante. Sin embargo, considera que antes de cualquier reclamación es necesario agotar la vía administrativa. Hay ocasiones en que esas posibles responsabilidades se cubren con las líneas de ayudas, aunque advirtió que ha habido ocasiones en que se vinculaba su aceptación llevaba implícita una renuncia a pleitear, «pero parece que con la Dana de Valencia no ha sido el caso».

Esteve explicó que hay abundante jurisprudencia de condenas al Estado por daños causados por inundaciones por fallos en las labores de control y vigilancia en los usos y aprovechamientos de las aguas, como mantenimiento y limpieza de barrancos. En el caso de la dana, se une también los retrasos en los avisos de alerta a la población. «Con los SMS nos encontramos ante una maraña de competencias que en algunos casos son concurrentes entre la Administración Central y Autonómica y este deslinde tendrán que hacerlo los juzgados», dijo.

Uno de los conceptos jurídicos que saldrán en estos procesos será el de la «fuerza mayor», que se refiere a acontecimientos imprevisibles o inevitables que exoneran a la Administración de su responsabilidad. Se refiere a catástrofes naturales como terremotos o una pandemia que altera radicalmente la prestación de los servicios públicos. Este principio es el que hizo que echó por tierra buena parte de las demandas contra la Administración por su gestión durante el covid.

Volviendo a la vía Penal, juzgados de Instrucción de Valencia ya están empezando a recibir denuncias contra personas no aforadas por la gestión de la dana. Es el caso de una denuncia presentada por Manos Limpias contra la directora de la Agencia Española de Meteorología (Aemet) , María José Rallo; y el director de la Agencia Valenciana de Seguridad, Javier Montero. «Hemos preferido que se empiece a investigar desde abajo hasta arriba a fin de que se depuren responsabilidades y se determine qué es lo que falló», explicó a este diario el asesor jurídico de la organización en Madrid, el abogado alicantino José María Bueno, que aseguró que su intención es llegar hasta donde se tenga que llegar. «Si tenemos que pedir la imputación de Mazón, la pediremos», señaló, aunque matizó que consideraba «temerarias» las querellas contra Pedro Sánchez. Bueno se mostró convencido de que este proceso marcará un antes y un después en la Justicia española y europea. «Será el juicio del siglo. Vamos camino de 300 muertos, además de los cuantiosos daños materiales y esto puede suponer condenas de mil años de cárcel». El pasado viernes, otra asociación ultraconservadora, Hazte Oír, anunciaba otra denuncia contra personas no aforadas, entre las que se encontraban la delegada del Gobierno Pilar Bernabé y el presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar, Miguel Polo.

Fuentes del TSJ indicaron que en este momento un total de veinte juzgados de la provincia de Valencia tienen diligencias abiertas en procesos para la identificación de los fallecidos.

A la espera de cuál sea el resultado de todas estas denuncias, la Justicia cuenta con precedentes de condenas a la Administración y a responsables políticos por inundaciones catastróficas.

El caso de Finestrat

Uno de los casos más cercanos a la provincia de Alicante se encuentra en Finestrat. El 21 de octubre de 2011 una tromba provocó una crecida del barranco de La Cala y una riada que se llevó por delante todo lo que encontró a su paso, incluido un mercadillo que cada viernes se instalaba sobre una rambla inundable. Un matrimonio británico de 70 y 72 años de edad fueron las víctimas mortales de esta tromba. El Ayuntamiento había dado autorización a instalarse todos los viernes sin la preceptiva autorización de la Confederación Hidrográfica del Júcar, que llegó a abrir un procedimiento sancionador. Un juzgado de lo Penal de Benidorm condenó en 2017, seis años después, a los exalcaldes de la localidad, Miguel Llorca (PSOE) y Honorato Algado (PP) así como al concejal del PP Tomás Gaspar Sellés por dos delitos de homicidio por imprudencia. La condena se saldó con una multa, aunque inicialmente se reclamaban cuatro años de prisión. Llorca autorizó el mercadillo, y Algado era el alcalde cuando la empresa que se hizo cargo de la gestión pasó a ser municipal.

La pantanada de Tous

Sin salir de la Comunitat Valenciana, otro proceso por unas inundaciones históricas fue el de la «Pantanada de Tous» en Valencia. Tras un proceso judicial de quince años, el Supremo declaró en 1997 la responsabilidad civil del Estado al estimar fallos en la construcción de la presa y se le condenó a indemnizar con 1,2 millones de euros a las familias de ocho fallecidos. Uno de los ingenieros fue condenado por un delito de imprudencia temeraria. El 20 de octubre de 1982 una inundación afectó a la cuenca del Júcar debido a la rotura de la presa, construida con tierra, que se vino abajo y originó una de las mayores crecidas registradas en España, y que cubrió la mayoría de las comarcas de la Ribera, con más de cuatro metros de nivel de agua.

Biescas

El 7 de agosto de 1996 una riada mató a 87 personas en un camping en Biescas (Huesca), una tragedia que se saldó en condena en la vía administrativa. La Audiencia Nacional condenó en 2005 al Ministerio de Medio Ambiente y a la Diputación General de Aragón a pagar una indemnización de 11,2 millones por la tragedia por consentir que el cámping se ubicara en un lugar peligroso. Existían informes sobre la situación de riesgo por el hecho de que el recinto vacacional ocupara la parte más activa del cono de deyección.

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