La Generalitat eximirá a sus empleados de ir al trabajo con un aviso de nivel rojo
Función Pública elabora un protocolo ante «emergencias exteriores» en el que prevé cierre de centros laborales o adelantar el horario
Un aviso rojo de Aemet como el que la agencia publicó el 29 de octubre permitirá eximir a los empleados de la Generalitat de acudir a sus puestos de trabajo. Es una de las medidas incorporadas en el nuevo ‘Protocolo de actuación en caso de emergencias exteriores para el personal de la administración de la Generalitat’ con el que el mensaje de que no se repitan situaciones de riesgo como las sufridas durante el temporal de hace dos meses se materializan en normativa y directrices concretas.
La Administración autonómica, a partir de la Dirección General de Función Pública y como consecuencia del requerimiento de la Inspección de Trabajo de la Generalitat al amparo del Real Decreto-ley de medidas de reconstrucción del Gobierno central, ha impulsado un documento en el que se detallan los pasos que se han de seguir en caso de producirse situaciones meteorológicas adversas, como la vivida en la dana del 29 de octubre, marcando los momentos de teletrabajo y cuándo evitar los desplazamientos.
Así, yendo a sus efectos prácticos, la Generalitat propone diferentes formas de actuación ante los tres niveles de riesgo. En este sentido, el primero, el más bajo, el amarillo, que señala que existe «algún riesgo para alguna actividad concreta», prevé que las personas designadas para cada centro hagan un seguimiento de la evolución de la alerta para tomar medidas y pide al resto de empleados públicos «mantenerse atento a la información que emitan los órganos competentes». Nada más.
La cosa comienza a cambiar con el nivel naranja. En este se pide atender a las circunstancias «en cada caso» se podrá «acordar un posible adelantamiento del horario de salida, incluso pudiéndose determinar el cierre preventivo». Ante esto, el personal «deberá llevarse a su domicilio el ordenador portátil y los medios tecnológicos que le permitan teletrabajar». A ello, se añade que en los servicios a turnos con carácter esencial donde no se pueda incorporar el siguiente, no se podrá acordar el adelantamiento del horario».
Con nivel rojo, se indica que aunque los responsables de protección civil no hayan suspendido actividades, la Generalitat —tanto las subsecretarías como la Dirección General de Función Pública cuando corresponda— podrán determinar «de forma preventiva el cierre del centro» de trabajo. En este sentido, se añade que en caso de que la alerta roja se conozca antes de la finalización de la jornada, «el personal podrá abandonar» su puesto y llevarse con él, «salvo causa justificada», su ordenador portátil para teletrabajar.
En caso de que la alerta se emitiera «fuera» del horario de prestación de servicios, tanto por haber finalizado la jornada como por no haberse iniciado, «el personal no acudirá a su puesto de trabajo y deberá prestar servicios en modalidad no presencial si dispone de los medios necesarios para ello y sea posible». Asimismo, se agrega que en los centros de trabajo en los que se presten servicios a turnos, siempre que el servicio tenga «carácter esencial y resulte imprescindible» y los del siguiente turno no puedan incorporarse por imposibilidad de acceso, «se solicitará a la plantilla que continúe dando el servicio hasta que la situación se estabilice y pueda acudir el turno de relevo».
Evitar desplazamientos
En este sentido, se indica que la «efectividad» de estas medidas, es decir, sobre quién afecta, se extenderá «tanto al personal cuyo centro de trabajo o su domicilio radique en una zona afectada por la alerta como al personal que no se encuentre en dichos supuestos, pero deba atravesar una zona afectada por la alerta para desplazarse desde su domicilio a su centro de trabajo, o viceversa» o que deba «realizar algún desplazamiento por razón de trabajo».
Sobre quién es el responsable de dictar las diferentes órdenes, el protocolo indica que serán las subsecretarías, las direcciones territoriales o los responsables de centro a nivel local «de acuerdo con las recomendaciones o instrucciones dictadas por las autoridades responsables de protección civil». Si bien, matiza que en caso de que el aviso afecte «con carácter horizontal a las diferentes consellerias y organismos» será la Dirección General de Función Pública.
No obstante, esta dirección general será en todo momento la encargada de realizar los avisos al resto de organismos. Así, primero la autoridad responsable en materia de protección civil difunde una situación de emergencia o preemergencia. Ante ella, la Dirección General de Función Pública avisa a las subsecretarías y órganos equivalentes responsables de personal de los departamentos que pudieran estar afectados. Estas darán traslado a las «personas responsables» en cada uno de los centros de trabajo que han de acabar por informar al resto de empleados. n
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