La Audiencia decide que el juzgado de instrucción 15 investigue la denuncia de Manos Limpias contra Emergencias, la CHJ y Aemet

La sección segunda no se pronuncia sobre el resto de denuncias interpuestas por los efectos de la dana ni por las diligencias abiertas en 21 juzgados de diez partidos judiciales por las 224 víctimas mortales y tres personas desaparecidas tras la dana del 29 de octubre.

El juzgado de instrucción 15 investigará la denuncia de Manos Limpias contra Emergencias, la CHJ y Aemet

Miguel Angel Montesinos

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia considera que es el Juzgado de Instrucción número 15 de la capital el competente para resolver la denuncia interpuesta por el Sindicato Colectivo de Funcionarios Públicos Manos Limpias por la gestión de la dana. Aunque la decisión no supone que este juzgado se vaya a encargar de investigar todo lo relacionado con la dana, Instrucción 15 tiene muchas papeletas para acabar investigando el mayor desastre que ha vivido la Comunitat Valenciana en número de víctimas. El Juzgado de Instrucción tiene en su haber la investigación del caso Emarsa, la macrocausa de corrupción que acabó con 24 condenados a 97 años de cárcel por el saqueo de la depuradora de Pinedo que supuso el desvío de 23,5 millones de euros de presupuesto público. Este mismo juzgado y juez es el que abrió diligencias por el trato a la menor que sufrió abusos por un monitor, exmarido de la exvicepresidenta de la Generalitat y exconsellera de Igualdad, Mónica Oltra, y que archivó la causa, aunque la Audiencia le ha obligado a reabrirla y la ha abocado al juicio oral.  

La decisión del tribunal se ha dado a conocer este martes, tras la cuestión de competencia negativa que planteó el Juzgado de Instrucción 15 tras las diligencias previas abiertas por el Juzgado de Instrucción 20 de Valencia debido al primer fallecimiento de una víctima mortal en término municipal de València (en la pedanía de La Torre) tras la barrancada.

El pseudo sindicato Manos Limpias apuntaba en su denuncia a la comisión de posibles delitos de homicidio, lesiones y daños por imprudencia grave y está dirigida contra el entonces director de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias, Emilio Argüeso; el presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), Miguel Polo y la responsable de la Aemet, Maria José Rallo

Esta denuncia recayó por reparto en el Juzgado de Instrucción 15, cuyo titular incoó diligencias previas y se inhibió de ellas en favor de su homólogo del Juzgado de Instrucción 20 porque éste fue el primero que tuvo conocimiento de un fallecimiento por la dana en el partido judicial de Valencia, en la pedanía de La Torre.

El Juzgado de Instrucción 20 rechazó esa inhibición por considerarla prematura e Instrucción 15 planteó entonces una cuestión de competencia, según confirman fuentes del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

La Sección Segunda de la Audiencia valenciana ha determinado ahora que el artículo 17 de la Ley de enjuiciamiento criminal "no permite en este momento acumular esa denuncia a las diligencias previas" por el Juzgado de Instrucción 20. El auto recoge que "los delitos no conexos pero que hayan sido cometidos por la misma persona y tengan analogía o relación entre sí pueden ser enjuiciados en la misma causa a instancias del Ministerio Fiscal".

A la espera de la Fiscalía

En este caso, sin embargo -precisan los magistrados de la sección segunda-, la Fiscalía provincial de València no ha instado la acumulación de la denuncia de Manos Limpias al procedimiento seguido en el Juzgado de Instrucción 20 al considerar que es prematura.

La sección segunda no se pronuncia sobre el resto de denuncias interpuestas por los efectos de la barrancada ni de la riada, ni sobre las diligencias previas abiertas por los 21 juzgados de diez partidos judiciales por las 224 víctimas mortales y tres personas desaparecidas tras la dana del 29 de octubre.

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